En el día de ayer, miércoles, el Gobierno, la patronal y los sindicatos han llegado a un acuerdo en materia de pensiones. La reforma tiene mucha enjundia, con muchos cambios que afectan al retiro parcial, la demora de la jubilación, la compatibilidad del empleo y pensión o el tratamiento de los trabajadores durante las bajas. El tema de las pensiones es muy recurrente, solo hay que entrar en los noticiarios, y cada día se habla de algo relacionado con las jubilaciones de manera muy peregrina, pero esta noticia tiene mucho que desgranar. En el párrafo siguiente entraremos de lleno al fondo de la reforma.
¿La edad de jubilación se mantiene?
Aunque categóricamente no se puede decir que cambie, sí hay ciertas modificaciones que son bastante interesantes. En primer lugar, tenemos las jubilaciones parciales, que se pueden adelantar un año respecto a lo que ya teníamos estipulado. Mención aparte es el caso de las profesiones penosas o peligrosas, que aunque sí tienen modificaciones, no especifican un sector concreto, lo que deja en el aire bastantes incógnitas. Básicamente, establecen unos parámetros para el reconocimiento de la reducción en la edad de jubilación, pero como decimos, sin fechas concretas, ni grupos laborales.
Los cambios más significativos vienen por dos vertientes. La primera es en relación a la jubilación parcial. Los requisitos no se han tocado, manteniéndose los 33 años de cotización, y contar con 6 años de antigüedad en la empresa. Una vez hemos visto que es aparte se mantiene, el principal cambio consiste en el adelanto de la jubilación 3 años respecto a la fecha correspondiente. Por lo tanto, pasamos de poder acceder a ella de los 63 a los 62 años. A esto añadimos que durante el primer año, la reducción de la jornada laboral oscilará entre un 20% y un 33%.
Aunque todo lo mencionado y la reforma al completo son importantes, la finalidad que se quiere conseguir es incentivar la demora de la jubilación. A partir del segundo año de retraso, se podrán recibir los incentivos cada seis meses en lugar de tener que esperar al año. Para que lo entendamos todos, la persona que alargaba un año su retiro, se le aumentaba un 4% su jubilación (se le sigue aumentando por cada año), pero a partir de ahora, se puede acceder al incentivo cada 6 meses, a razón de un 2%, sin tener que completar la anualidad.
¿Cuándo entran en vigor las medidas de la reforma de las pensiones?
Aquí está el kit de la cuestión, no hay una fecha estipulada. A fin de cuentas es un acuerdo con la patronal y los sindicatos, pero todavía queda un largo proceso. El siguiente paso es modificar la regulación vigente, con lo que eso conlleva, la aprobación en el Consejo de Ministros (con el no por parte de muchos, como forma de vida). La otra cara de la moneda son las mutuas, pero con ellas no se vaticinan problemas para llegar al acuerdo. En los próximos meses estaremos pendientes de la evolución de estas medidas para mantenerte informado.
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