Todo lo que debes tener en cuenta en esta campaña fiscal, sobre la deducción por maternidad en la declaración de la Renta.
Con la campaña de la Renta ya en marcha, desde el 8 de abril hasta el 30 de junio, muchas familias miran de cerca las deducciones que pueden rebajar su factura con Hacienda. Entre ellas destaca la deducción por maternidad, pensada para madres trabajadoras, tanto asalariadas como autónomas, y con efectos importantes durante los primeros años de vida del menor.
Esta ventaja fiscal puede suponer hasta 1.200 euros al año por hijo, y se suma a otras ayudas como guardería, mínimo por descendiente o la deducción por familia numerosa. Conviene revisarla con calma porque el ahorro total puede superar los 3.000 euros.
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Quiénes pueden beneficiarse de la deducción por maternidad y en qué casos se aplica
Esta deducción está dirigida, en general, a madres trabajadoras con hijos menores de 3 años. Sin embargo, no se limita solo a ese supuesto. También puede aplicarse en familias con dos progenitores del mismo sexo, en casos de fallecimiento de la madre y cuando el padre o tutor tenga la custodia exclusiva.
¿Quién entra exactamente? También los hijos adoptados, menores en acogimiento permanente o preadoptivo y quienes estén en régimen de tutela. Además, la ayuda se mantiene durante los tres años siguientes a la inscripción en el Registro Civil o, cuando no sea necesaria, desde la resolución administrativa o judicial correspondiente. Ojo, porque este detalle puede marcar la diferencia en la declaración.
Antes de seguir, conviene ver de un vistazo las principales cuantías y referencias:
| Concepto | Importe o plazo |
|---|---|
| Deducción máxima anual | 1.200 euros por hijo |
| Cálculo | Proporcional por meses con derecho |
| Incremento adicional | 150 euros en el mes en que se alcancen 30 días cotizados |
| Campaña de la Renta | Del 8 de abril al 30 de junio |
Por lo tanto, no se trata de una ayuda menor. Bien aplicada, puede aliviar bastante la carga fiscal de muchas familias.
Qué documentación pide Hacienda para aplicar esta deducción en la declaración
Para acceder a esta ventaja fiscal es fundamental conservar la documentación que justifique los gastos y la situación familiar. Hacienda puede requerirla en una revisión, así que más vale tenerlo todo ordenado. Estos son los documentos más relevantes:
- Facturas o recibos de guardería o centro de educación infantil.
- Certificado de maternidad, si existió baja por maternidad o paternidad durante el ejercicio fiscal.
- Declaración de la Renta del año anterior, si la deducción ya se solicitó previamente.
¿Qué papeles conviene guardar con más cuidado? Sobre todo aquellos en los que figuren fechas, importes y datos del centro infantil, ya que son los que mejor respaldan la deducción ante una posible comprobación.
Además, esta ayuda no llega sola. Puede convivir con otros beneficios fiscales como el mínimo por descendiente, las deducciones por guardería o las ventajas para familias numerosas. De hecho, la suma de todas ellas puede superar los 3.000 euros, una cifra nada despreciable para muchas economías domésticas.
En consecuencia, revisar bien el borrador y reunir la documentación antes de presentar la declaración puede evitar errores y, al mismo tiempo, permitir un ahorro mayor del esperado.
Para más información sobre la campaña de Renta 2025, visita la sección de trámites de nuestra web.
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