Recibir el Bono Joven de Alquiler ayuda a pagar la vivienda, pero también puede influir en la declaración de la renta.
El Bono Joven de Alquiler concede 250 euros al mes, lo que equivale a 3.000 euros si se cobra durante un año completo. Además, puede percibirse durante un máximo de dos años. Está pensado para jóvenes de hasta 35 años que viven de alquiler, ya sea en una vivienda completa o en una habitación. Una ayuda a la vivienda que volvió a abrir el plazo de solicitud en Andalucía el pasado mes de enero.
Ahora bien, no basta con tener la edad adecuada. También hay que cumplir condiciones de ingresos, residencia habitual y relación con el arrendador. En términos generales, los requisitos principales son estos:
- Tener 35 años como máximo.
- No superar, junto con la unidad de convivencia, tres veces el IPREM.
- Destinar la ayuda al alquiler de la vivienda o habitación habitual.
- Pagar una renta dentro de los límites establecidos.
- No tener parentesco cercano con el casero.
Por lo tanto, sí, es una ayuda útil. Pero conviene mirar bien su efecto en la renta, porque Hacienda también la tiene en cuenta.
La barrera de los 1.000 euros que cambia la obligación fiscal
Como ocurre con muchas ayudas públicas, el Bono Joven de Alquiler se considera una ganancia patrimonial. Eso significa que, en principio, debe incluirse en la declaración si existe obligación de presentarla.
¿Y cuándo puede aparecer esa obligación aunque el sueldo sea bajo? Cuando se han recibido más de 1.000 euros anuales en ayudas públicas u otros ingresos computables, como determinadas subvenciones, rentas inmobiliarias imputadas o rendimientos no sujetos a retención.
Para verlo más claro, estos ejemplos ayudan:
| Situación durante el año | Importe recibido | ¿Puede obligar a declarar? |
|---|---|---|
| Bono cobrado durante 12 meses | 3.000 euros | Sí |
| Bono cobrado durante 6 meses | 1.500 euros | Sí |
| Bono cobrado durante 3 meses | 750 euros | No por sí solo |
| Bono de 750 euros más Bono Cultural de 400 euros | 1.150 euros | Sí |
Es importante tener en cuenta que estar obligado a declarar no significa necesariamente que haya que pagar. La declaración puede salir a ingresar, pero también a devolver.
Cómo incluir el Bono Joven de Alquiler dentro de Renta Web
Si tienes que presentar la declaración y has cobrado el bono, el importe debe figurar en la casilla 0303, destinada a ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales.
Lo habitual es que la cantidad aparezca en los datos fiscales y que Renta Web la traslade al apartado correspondiente. Aun así, merece la pena comprobarlo antes de confirmar el borrador. ¿Un despiste pequeño? Puede acabar dando más vueltas de las necesarias.
Las ayudas que no deben confundirse con el bono del alquiler
No todas las ayudas al alquiler tienen el mismo tratamiento fiscal. El Bono Joven de Alquiler no debe confundirse con otras ayudas destinadas a inquilinos vulnerables, que pueden estar exentas de IRPF y no tener que declararse.
En consecuencia, antes de enviar la renta conviene revisar qué ayuda se ha cobrado, cuánto se ha recibido y si se supera el límite de 1.000 euros. Esa comprobación puede marcar la diferencia entre presentar la declaración por obligación o no hacerlo.
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