Todos en algún momento de nuestra vida nos hemos visto en la situación de que una ambulancia nos pise los talones conduciendo, y no saber reaccionar. Los nervios que nos vienen, son tan instintivos como cuando se pasa por un control de la policía (sin tener nada que esconder). Solo tenemos que seguir unos simples pasos para actuar de manera correcta, aunque en ocasiones nos quedamos inmóviles por lo nervios antes mencionados, pero ¿sabías que las autoridades pueden poner multas por no actuar como estipula la DGT?
¿Qué hay que hacer cuando viene un vehículo prioritario?
Ya existe una respuesta unificada por parte de los conductores que está presente en el Reglamento General de Circulación (RGC), en su artículo 69. Es evidente que es necesario apartarse al oír o ver llegar una ambulancia, pero hay que hacerlo de una manera específica y organizada. En primer lugar, si estamos en carreteras de un único carril por sentido, los vehículos deben desplazarse a la derecha, ocupando el arcén si existiera.
Si la carretera tiene más carriles del mismo sentido, los de la derecha irán hacia su lado, y los de la izquierda al suyo, con lo que se crea una apertura (carril central). Si estamos ante una vía con 3 carriles, los vehículos del central maniobran a su derecha. Todo esto, por supuesto, de manera pausada, aminorando la velocidad progresivamente sin frenar en seco. Señalaremos siempre con nuestras luces cada movimiento que hagamos.
Estas maniobras no solo se efectúan con las ambulancias, habrá que realizarlas con cualquier vehículo prioritario, en los que se incluyen: los agentes de la autoridad, bomberos, asistencia en carretera, el servicio urgente de las autopistas y las aquí mencionadas ambulancias. Ante cualquier negativa a realizar estos pasos, cuando se acerquen con la sirena encendidas los vehículos prioritarios, nos exponemos a una sanción administrativa.
Cuáles son las multas por no actuar de manera correcta al ver una ambulancia
Si los agentes de la autoridad consideran que no hemos obrado de buena fe, la multa que recibiremos será de 200 euros, sin que se retire ningún punto de nuestro carnet de conducir vigente. Este protocolo unificado, que se instauró por primera vez en Alemania, es de obligado cumplimiento por todo el territorio europeo. Se considera comportamiento de consideración grave, como recoge el artículo 64.4. c) del RGC. Por último, y creemos que lo más llamativo por su desconocimiento, es la sanción que pueden recibir también los peatones. Si obstruyen el paso de cualquier manera, se les multará con 80 euros.
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