Hacienda avisa del plazo máximo que dispone para devolver la Renta 2025-26

La campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2025, se extiende del 8 de abril al 30 de junio.

Los contribuyentes que este año presenten la Renta 2025-26 deben fijarse en un dato clave: si el resultado sale negativo, será la Agencia Tributaria la que tenga que abonar la cantidad correspondiente. Ahora bien, ¿cuánto tarda realmente en hacerlo? Aunque en muchos casos el ingreso llega antes, el plazo legal máximo arranca cuando termina la campaña, es decir, el 30 de junio. Además, conviene saber lo que hacer si Hacienda omite datos en el borrador de IRPF.

El plazo de seis meses para cobrar la devolución empieza tras el fin de campaña

La Agencia Tributaria tiene seis meses para efectuar la devolución de la Renta a contar desde el último día del plazo de presentación ordinario. En esta campaña, esa fecha es el 30 de junio, por lo que el margen legal para pagar se extiende, en principio, hasta el 30 de diciembre.

Ese calendario afecta a quienes hayan presentado su declaración dentro de plazo y obtengan un resultado a devolver. De hecho, muchas devoluciones se tramitan antes. Sin embargo, la Administración no incumple mientras no rebase ese límite. Así de claro. Para entender mejor los tiempos, conviene resumir las fechas más importantes en una tabla sencilla:

SituaciónFecha o plazo
Inicio de la campaña8 de abril
Fin de la campaña30 de junio
Plazo general de devoluciónSeis meses desde el 30 de junio
Declaración fuera de plazoSeis meses desde la fecha de presentación

En consecuencia, si una persona presenta la declaración más tarde, el cómputo cambia. Por ejemplo, si la entrega el 15 de julio, Hacienda tendría de plazo hasta el 15 de enero para ingresar el dinero.

Cómo saber si la declaración sale a pagar o a devolver en 2025-2026

El resultado de la declaración determina quién debe abonar el importe final. Para calcularlo, hay que atender a la operación formada por estas casillas: [550] – [551] + [552] – [562] + [563] – [575] + [576] – [589] + [590] – [591] + [592].

Si el resultado es positivo, el contribuyente tendrá que pagar esa cantidad y el cargo se realizará en la cuenta bancaria indicada en el modelo. Si, por el contrario, el resultado es negativo, será Hacienda quien deba devolver el importe al declarante. ¿La duda habitual? Pensar que una devolución siempre llega enseguida. Y no necesariamente. Antes de cerrar el trámite, conviene tener presentes estas claves:

  • Un resultado negativo implica devolución.
  • Un resultado positivo implica pago.
  • La presentación fuera de plazo modifica la fecha límite para cobrar.
  • Las devoluciones superiores a 3.000 euros pueden demorarse más.

Después de revisar estos puntos, el contribuyente puede hacerse una idea bastante aproximada de cuándo cobrará.

Qué ocurre si Hacienda se retrasa en el ingreso o pide más datos

Cuando la Agencia Tributaria supera el plazo legal por causas imputables a la propia Administración, debe añadir intereses de demora del 3,75%. Ese recargo actúa como compensación para el contribuyente. También, se puede consultar el estado de una devolución en la web de Hacienda.

No obstante, ese interés no se aplica en todos los casos. Si la declaración contiene errores, falta documentación o los datos bancarios no son correctos, el retraso no se atribuye a Hacienda. Tampoco cuenta el plazo mientras la Administración solicita información adicional o revisa si la autoliquidación está bien cumplimentada. Más noticias sobre trámites en nuestra web.

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