La solicitud del voto por correo para la elecciones andaluzas, puede tramitarse por internet o en cualquier oficina de Correos, y el voto podrá depositarse hasta el 13 de mayo.
¿Has pensado en votar por correo en las elecciones andaluzas del 17-M? Quienes no puedan acudir a su mesa electoral el domingo 17 de mayo, o prefieran ejercer su derecho al voto por correspondencia, deben solicitar antes del jueves 7 de mayo el certificado de inscripción en el censo electoral, un documento imprescindible para completar el proceso.
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Cómo solicitar el voto por correo antes del 7 de mayo en Andalucía
La petición puede realizarse de dos formas: de manera telemática, a través de la web de Correos, o presencialmente en una oficina postal. La vía online evita desplazamientos, pero exige acreditar la identidad con DNI electrónico o certificado digital válido.
¿Y si se prefiere hacerlo en persona? En ese caso, el elector debe acudir a una oficina de Correos y presentar la solicitud personalmente. En el trámite presencial será necesario identificarse ante el personal de la oficina con documentación original, como el DNI, pasaporte o carné de conducir.
Para organizar mejor las fechas, conviene tener claro el calendario principal:
| Trámite | Fecha límite | Dónde se realiza |
|---|---|---|
| Solicitud del voto por correo | 7 de mayo de 2026 | Web de Correos u oficina postal |
| Recepción de documentación electoral | Desde el 27 de abril | Dirección indicada por el elector |
| Depósito del voto | 13 de mayo de 2026 | Oficinas de Correos |
Por lo tanto, no basta con pedir el voto por correo: después hay que esperar la documentación electoral y entregar el sobre dentro del plazo marcado.
Qué documentación recibirá el elector y hasta cuándo puede depositar su voto
Una vez aceptada la solicitud por la Oficina del Censo Electoral, el votante recibirá la documentación en la dirección que haya indicado. Esa dirección no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual, algo importante para quienes estén desplazados por estudios, trabajo o motivos personales.
El envío incluirá los documentos necesarios para votar por correspondencia, entre ellos el certificado censal, las papeletas y el sobre dirigido a la mesa electoral correspondiente. Después, el elector deberá depositar su voto en una oficina de Correos hasta el miércoles 13 de mayo, en el horario habitual de apertura.
En resumen, estos son los pasos básicos:
- Solicitar el voto por correo antes del 7 de mayo.
- Esperar la documentación enviada por la Oficina del Censo Electoral.
- Preparar el sobre con la papeleta y el certificado correspondiente.
- Entregar el voto en Correos antes del 13 de mayo.
Ojo con este detalle: una vez aceptada la solicitud de voto por correo, el elector ya no podrá votar presencialmente en la mesa el día de las elecciones.
Cita previa en Correos para evitar esperas durante los últimos días
Correos permite solicitar cita previa para agilizar el trámite en oficinas, una opción especialmente útil en los últimos días de plazo. La gestión puede hacerse desde la web, la aplicación o la Oficina Virtual, seleccionando el centro disponible, el día y la hora.
Con el calendario tan ajustado, la recomendación es sencilla: quien quiera votar por correo debe iniciar el trámite cuanto antes. El margen se agota el 7 de mayo y el depósito del voto terminará el 13 de mayo, cuatro días antes de la jornada electoral. Síguenos para más noticias de actualidad en Andalucía.
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