Quién puede multarte en Andalucía y dónde debes reclamar la sanción

Te explicamos qué debes revisar antes de pagar, reclamar o recurrir una multa de tráfico recibida en la comunidad andaluza.

En Andalucía, no todas las multas de tráfico dependen del mismo organismo. La autoridad competente cambia según el lugar de la infracción: no es lo mismo una sanción en una autovía que una multa de aparcamiento en Sevilla, Málaga, Granada o cualquier otro municipio andaluz. Por lo tanto, antes de pagar o recurrir, conviene mirar bien la notificación. ¿La multa viene de la DGT o del ayuntamiento? Ahí está lo fundamental.

Qué organismo puede multarte en Andalucía según la vía donde conduzcas

En las carreteras interurbanas de Andalucía, la competencia sancionadora corresponde, con carácter general, a la Jefatura Provincial de Tráfico de la provincia donde se haya cometido la infracción. La Guardia Civil de Tráfico actúa en la vigilancia, denuncia y auxilio en carretera bajo el ámbito de la DGT.

Esto afecta, por ejemplo, a infracciones cometidas en autovías, autopistas, carreteras nacionales, autonómicas o provinciales situadas fuera de casco urbano.

En cambio, dentro de las vías urbanas, la competencia corresponde a los municipios. La Ley de Tráfico atribuye a los ayuntamientos la regulación, ordenación, vigilancia y disciplina del tráfico en las calles de su titularidad, así como la denuncia y sanción de infracciones cuando no estén atribuidas a otra administración.

Por qué la Junta de Andalucía no suele ser el organismo que tramita estas multas

A diferencia de Cataluña, País Vasco y Navarra, Andalucía no aparece entre los territorios con competencias propias transferidas en materia ejecutiva de tráfico. De hecho, la DGT indica que sus restricciones de circulación se aplican en todo el territorio nacional salvo Cataluña, País Vasco y Navarra, precisamente por tener estas competencias transferidas.

Sin embargo, esto no significa que la Junta no tenga competencias relacionadas con carreteras, transporte o movilidad. Pero, para una multa ordinaria de tráfico, lo habitual en Andalucía será acudir a la DGT o al ayuntamiento correspondiente, según el caso.

A qué administración debes dirigirte para pagar o reclamar una multa

La regla es sencilla: debes dirigirte al organismo que haya impuesto la sanción. Esta idea ya aparece en el contenido base: cada administración gestiona sus propios expedientes y, para pagar, reclamar o alegar, hay que acudir a quien haya sancionado.

Lugar de la infracción en AndalucíaQuién suele denunciarQuién tramita la sanción
Carreteras interurbanasGuardia Civil de Tráfico / DGTJefatura Provincial de Tráfico
Travesías sin policía localGuardia Civil de Tráfico / DGTDGT
Calles urbanasPolicía LocalAyuntamiento
Zonas reguladas de aparcamientoPolicía Local o servicio autorizadoAyuntamiento

Qué debes comprobar antes de pagar una multa en Andalucía

Antes de hacer cualquier trámite, revisa estos datos:

  • Organismo que firma la notificación.
  • Provincia o municipio donde se cometió la infracción.
  • Plazo de pago con reducción.
  • Plazo para presentar alegaciones o recurso.
  • Si la multa procede de la DGT o de un ayuntamiento.

En algunos municipios andaluces, la gestión o recaudación de multas puede estar delegada en organismos provinciales. Por ejemplo, el BOJA recoge convenios de ayuntamientos con entidades provinciales para gestionar y recaudar multas de tráfico municipales.

En resumen: en Andalucía, si la multa es en carretera, mira a la DGT; si es en ciudad, mira al ayuntamiento. Parece básico, pero evita muchos errores al reclamar.

Si deseas más información sobre este asunto, puedes consultar la web oficial de la Dirección General de Trafico.

Deja un comentario