Una mujer gana en los juzgados al SEPE y consigue el subsidio para mayores de 52 años pese a faltarle cotización

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dado la razón a una mujer a la que el SEPE denegó el subsidio por no alcanzar los dos años cotizados dentro de los 15 anteriores a la solicitud.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha fallado a favor de una mujer que reclamó al Servicio Público de Empleo Estatal el acceso al subsidio para mayores de 52 años. El organismo se lo había rechazado porque no cumplía con la denominada carencia específica, al acreditar 667 días cotizados frente a los 730 exigidos. La Sala entiende que el tiempo sin cotizar estuvo vinculado al cuidado de sus padres dependientes.

El SEPE rechazó el subsidio por no acreditar la carencia específica exigida

La mujer solicitó la ayuda el 25 de abril y el SEPE la denegó ese mismo día. El motivo fue que, dentro de los 15 años anteriores a la petición, no alcanzaba los dos años mínimos de cotización requeridos para acceder al subsidio.

Según recoge la resolución, la demandante había permanecido fuera del mercado laboral entre 2010 y 2015. Tras acudir a los tribunales, el Juzgado de lo Social de Girona le dio la razón, al valorar las circunstancias personales que explicaban esa ausencia de cotización.

El cuidado de sus padres dependientes fue clave para ampliar el cómputo

El tribunal considera que la falta de cotización no se produjo por una decisión voluntaria de la trabajadora, sino por una situación familiar concreta. Durante ese periodo tuvo que hacerse cargo del cuidado de sus padres, ambos con dependencia reconocida.

En la sentencia consta que el padre tenía reconocido un grado de discapacidad del 88%, mientras que la madre contaba con un grado II de dependencia. Para la Sala, estas circunstancias justificaban que no se computara ese periodo de la misma forma que si se hubiera tratado de una salida voluntaria del mercado laboral.

El TSJ aplica la doctrina del paréntesis con perspectiva de género

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña aplicó la conocida como doctrina del paréntesis. Esta permite dejar fuera del cálculo determinados periodos en los que la persona no pudo cotizar por causas justificadas.

Al ampliar el periodo de referencia más allá de los 15 años inicialmente valorados por el SEPE, la mujer pasaba a acreditar 1.824 días cotizados. Con ello, superaba ampliamente los 730 días necesarios para cumplir la carencia específica exigida.

Pese a que el organismo insistió en que la solicitante no cumplía los requisitos legales, el TSJ rechazó ese criterio. La Sala señaló que no procedía «penalizar por duplicado a la mujer que, además de perder períodos de cotización por cargas familiares, se ve excluida incluso del derecho a un subsidio de desempleo».

La sentencia refuerza la valoración de las cargas familiares ante el SEPE

El tribunal también destaca la necesidad de aplicar la perspectiva de género cuando la norma produce un impacto diferente en función de las circunstancias personales y familiares. En este caso, entendió que el SEPE no había valorado correctamente el peso que tuvo el cuidado de los padres dependientes en la falta de cotización.

Por este motivo, la resolución permite a la mujer acceder al subsidio para mayores de 52 años pese a que, en un primer cálculo, no alcanzaba los días exigidos. El fallo refuerza la importancia de analizar cada caso concreto cuando existen periodos sin cotizar derivados de cargas familiares acreditadas.

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