El dictamen de la Comisión del Senado limita el traspaso de fondos públicos a quienes no sean pensionistas.
La nueva pasarela al RETA destinada a los profesionales integrados en mutualidades alternativas avanza en su tramitación en la Cámara Alta con variaciones trascendentales. El proyecto normativo, actualmente en debate en el Pleno del Senado, incorpora una modificación sustancial que restringe el volumen de beneficiarios respecto a la propuesta validada inicialmente por el Congreso de los Diputados. Los trabajadores que ya se han retirado de la vida laboral activa no podrán utilizar este cauce para transferir sus aportaciones económicas a la Seguridad Social con la finalidad de incrementar sus prestaciones de jubilación.
A fecha de 9 de julio de 2026, la propuesta legislativa figura en la agenda del Pleno del Senado de España. El dictamen que aprobó la Comisión de la Cámara Alta el pasado 3 de julio suprime la enmienda que abría esta opción a los trabajadores ya retirados: la regulación determina que únicamente podrán reclamar el traslado de su capital acumulado quienes no cobren una pensión de ningún sistema público ni de la propia mutualidad, quedando exceptuados solo los beneficiarios de prestaciones por viudedad. Esta medida repercutirá de forma directa en miles de profesionales de Andalucía, como abogados y arquitectos, cuyas asignaciones actuales por jubilación resultan muy reducidas en numerosos casos.
Cómo afectará la pasarela al RETA a los años de cotización reconocidos
La equivalencia para transformar los fondos acumulados en las mutualidades en periodos de cotización dentro de la Seguridad Social no se establecerá de manera directa; la normativa prevé aplicar un coeficiente de mejora de entre el 0,67 y el 0,87 sobre la base mínima de cotización que hubiese correspondido en el régimen especial de trabajadores autónomos, un valor que se actualizará de acuerdo con la evolución del Índice de Precios de Consumo (IPC). Sin embargo, el marco legal introduce salvaguardas específicas para determinados colectivos profesionales:
- Los profesionales que tengan 52 años o más a 31 de diciembre de 2026 computarán cada mes en la mutualidad como un mes completo en el RETA para calcular el porcentaje de su pensión.
- Quienes iniciaran su actividad antes del 10 de noviembre de 1995 verán reconocido todo ese tiempo de mutualidad obligatoria como periodo de alta en el RETA para la carencia de la jubilación.
- Los mutualistas que no alcancen los 15 años de cotización exigidos para una pensión contributiva podrán computar hasta dos años de actividad anterior mediante un convenio especial.
Plazos para el reglamento y condiciones para el traspaso de fondos
Una de las principales novedades de la redacción actual radica en la determinación de plazos concretos: tras la aprobación definitiva de la ley, el Ejecutivo contará con un plazo máximo de tres meses para redactar y aprobar el reglamento que fije las condiciones operativas de la pasarela al RETA. Esta normativa de desarrollo tendrá que concretar el trámite para gestionar el traslado de los fondos acumulados, una operación que tendrá carácter obligatorio e irreversible, además de quedar libre de cargas fiscales. Los fondos no se transferirán de manera inmediata; el capital se conservará en las entidades mutuales hasta que el trabajador genere el derecho a percibir la jubilación, la incapacidad permanente o por causa de fallecimiento.
Subida progresiva de las cuotas de los mutualistas
De manera simultánea a la puesta en marcha de la pasarela al RETA, la nueva legislación establece un incremento paulatino en las aportaciones económicas de los trabajadores adscritos a las mutualidades alternativas. La meta fijada es que estas aportaciones alcancen la totalidad de la cuota correspondiente a los trabajadores autónomos de cara al año 2028; para ello, la normativa diseña una escala progresiva que marca una cuota del 86% en 2026 y del 93% para el año 2027. Este incremento escalonado coexistirá con la opción de alternatividad hasta el año 2030, momento en el que el Gobierno analizará la conveniencia de suprimir este sistema de previsión privada para los nuevos profesionales que se colegien.