La resolución judicial estima el recurso de un enfermero al que el Servicio Andaluz de Salud rechazó un título como mérito académico sin explicar de forma suficiente los motivos.
El Sindicato de Enfermería, SATSE, ha conseguido que la Justicia corrija una actuación del Servicio Andaluz de Salud en la Bolsa de Empleo, al entender que la Administración no puede rechazar méritos con fórmulas genéricas y sin una explicación clara. Esta resolución llega en un momento en el que el organismo también impulsa cambios en la contratación sanitaria en Andalucía a través de la nueva Bolsa del SAS.
El caso afecta a un enfermero al que el SAS no le valoró un título de Experto Universitario en Oftalmología y Ciencias de la Visión. La Administración alegó que se trataba de un “mérito no relacionado con la categoría”, una justificación que la sentencia considera insuficiente para conocer las razones reales de la decisión. El fallo ordena revisar la baremación, reconocer los 2 puntos correspondientes y actualizar su posición en la Bolsa.
El SAS rechazó un mérito académico en la Bolsa sin justificarlo de forma clara
Según expone SATSE, el fallo judicial deja claro que las comisiones de valoración no pueden limitarse a aplicar códigos o motivos generales. Deben explicar los criterios técnicos utilizados y cómo se aplican al caso concreto.
En este sentido, la resolución refuerza las garantías de los profesionales que participan en procesos selectivos, especialmente cuando una decisión administrativa afecta a su puntuación y a su posición en la Bolsa de Empleo.
La sentencia pone el foco en la necesidad de que la Administración exteriorice el razonamiento que sigue para aceptar o denegar un mérito. Sin esa motivación, el aspirante no puede saber por qué se ha rechazado su documentación ni controlar si la decisión ha sido correcta.
La sentencia limita la discrecionalidad técnica de las comisiones de valoración
Uno de los puntos principales del pronunciamiento es el análisis de la discrecionalidad técnica de las comisiones de valoración del SAS. La magistrada recuerda que esta facultad no puede servir para amparar decisiones arbitrarias o inmotivadas.
El fallo subraya que la Administración debe indicar las fuentes de valoración, los criterios empleados y la razón concreta por la que un mérito se considera no relacionado con la categoría. Todo ello, para que pueda comprobarse que la decisión respeta los principios de mérito, capacidad y no arbitrariedad.
Además, en el expediente administrativo no constaban informes, actas ni justificaciones que permitieran conocer el razonamiento seguido por la Comisión de Valoración. Esta falta de explicación impidió, según la resolución, ejercer un control adecuado sobre la actuación administrativa.
El fallo ordena reconocer 2 puntos y actualizar la posición del enfermero
Ante esta falta de motivación, la sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, condena a la Administración al pago de las costas y ordena al SAS revisar la baremación del profesional afectado.
En concreto, el Servicio Andaluz de Salud deberá reconocer los 2 puntos correspondientes al mérito académico y actualizar la posición del enfermero en la Bolsa de Empleo.
SATSE ha valorado de forma positiva esta resolución, al considerar que sienta un precedente relevante para exigir una correcta valoración de los méritos y una mayor transparencia en próximos procesos de selección.
Para el sindicato, la sentencia refuerza la seguridad jurídica de los profesionales del SAS y establece un criterio claro: la Administración sanitaria no puede escudarse en valoraciones genéricas ni en la discrecionalidad técnica para rechazar méritos, sino que debe justificar cada decisión de forma concreta y comprensible.