El organismo vial potencia las inspecciones preventivas entre el 13 y el 19 de julio con el objetivo de disminuir los accidentes mortales.
La Dirección General de Tráfico pone en marcha un dispositivo especial para controlar el consumo de alcohol y drogas en la conducción durante el periodo de mayor tráfico del año. Esta campaña, organizada bajo la tutela del Ministerio del Interior, tendrá lugar del 13 al 19 de julio de 2026 como parte de la Operación Verano. Para esta época estival se estiman más de 104 millones de desplazamientos por carretera a nivel nacional; un volumen que obliga a extremar las precauciones, sobre todo en regiones con alta recepción de visitantes como Andalucía.
Motivos por los que Tráfico prioriza la prevención del consumo de alcohol y drogas
Las estadísticas oficiales de siniestralidad confirman la necesidad de estas actuaciones en las vías públicas. Durante el año 2024, la ingesta de bebidas alcohólicas repitió como la segunda causa más frecuente en los siniestros con víctimas mortales, vinculada al 28% de los accidentes con fallecidos, lo que supuso la pérdida de 273 vidas. Esta evolución inquieta a los responsables públicos: los fallecimientos en carretera asociados a positivos en las pruebas subieron un 9% respecto a 2023 y un 24% frente a los datos registrados en 2019. Los ciudadanos pueden revisar los pormenores de esta iniciativa nacional en el portal del Ministerio del Interior.
La dimensión de esta problemática se constata en el último informe del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, que indica que el 48,2% de los conductores fallecidos analizados dio positivo en alguna sustancia. El alcohol estuvo presente en el 34,4% de las autopsias, mientras que otras sustancias estupefacientes se hallaron en el 16,4% de los casos; asimismo, un 23% de las víctimas mortales al volante presentaba una tasa superior a 1,20 gramos por litro en sangre.
Con este escenario, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil incrementarán las inspecciones en carretera. En el territorio andaluz, este operativo sumará la colaboración de las policías locales de diversos municipios para vigilar las vías urbanas. La efectividad de la medida radica en que el 88,8% de las pruebas positivas se localizan en estos dispositivos de prevención, lo que permite apartar de la red vial a los infractores antes de que provoquen un accidente.
Límites legales de alcohol y drogas en la conducción
El marco normativo fija límites específicos según la experiencia del conductor y el tipo de transporte. De acuerdo con el artículo 20 del Reglamento General de Circulación, los valores máximos autorizados son:
- Para conductores generales, el máximo es de 0,25 miligramos por litro en aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre.
- Para profesionales y conductores noveles, el límite se reduce a 0,15 miligramos por litro en aire espirado o 0,3 gramos por litro en sangre.
- Para menores de edad que manejen cualquier tipo de vehículo, la tasa autorizada es de cero absoluto.
La ley española muestra tolerancia cero con las sustancias estupefacientes; en este ámbito no hay umbrales mínimos, por lo que se penaliza cualquier rastro detectado en el organismo de quien conduce.
Sanciones económicas y penas de prisión aplicables por infracciones
Rebasar las tasas permitidas acarrea penalizaciones económicas y administrativas proporcionales a la gravedad del hecho. La Dirección General de Tráfico explica detalladamente este procedimiento sancionador en su espacio web sobre cómo son los controles.
Las multas por la vía administrativa se organizan bajo los siguientes criterios:
- Registrar entre 0,25 y 0,50 miligramos por litro de alcohol se penaliza con 500 euros y la pérdida de 4 puntos de la licencia.
- Superar los 0,50 miligramos por litro incrementa el castigo a 1.000 euros y la detracción de 6 puntos.
- Dar positivo en estupefacientes supone de forma directa una sanción de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos.
Al margen de la vía administrativa, conducir bajo los efectos del alcohol y drogas puede derivar en responsabilidades penales. Si la tasa en aire espirado excede los 0,60 miligramos por litro, o si el usuario rechaza realizar el test, la conducta se tipifica como delito. Estas acciones conllevan penas de prisión de 3 a 6 meses, multas de cuantía elevada, trabajos comunitarios y la retirada del permiso de conducir por un tiempo de entre 1 y 4 años.