Consumo insiste en la importancia de revisar el etiquetado y las cartas de los restaurantes ante el riesgo de reacciones graves.
De acuerdo con la Dirección General de Consumo de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía, resulta indispensable que los productos envasados y los servidos en hostelería identifiquen claramente los alérgenos en alimentos. Con ocasión del Día Mundial de la Alergia, celebrado el pasado 8 de julio, la administración autonómica advierte que una respuesta inmunitaria ante un elemento inocuo para gran parte de la población puede causar urticaria, trastornos digestivos o crisis respiratorias severas; estas situaciones exigen asistencia médica inmediata.
El marco legal europeo y nacional respalda este derecho informativo para salvaguardar a los ciudadanos en su vida cotidiana: tanto al adquirir productos en el supermercado como al consumir en establecimientos de restauración.
Cómo identificar los alérgenos en alimentos envasados y no envasados
Las leyes vigentes definen pautas precisas para que los usuarios localicen estas sustancias. Para los productos envasados, el Reglamento (UE) n º 1169/2011 estipula que la indicación de los alérgenos en alimentos debe aparecer obligatoriamente en la lista de ingredientes; esta debe resaltarse visualmente con negritas, mayúsculas o tonos distintos. Si el artículo no requiere dicha lista, el productor tiene que añadir la expresión directa «contiene» junto al nombre del ingrediente conflictivo.
Según la Comisión Europea, existe un listado cerrado de 14 sustancias de declaración obligatoria:
- Cereales con gluten (como trigo, centeno, cebada o avena).
- Crustáceos y derivados.
- Huevos y productos derivados.
- Pescado y derivados.
- Cacahuetes y productos derivados.
- Soja y derivados.
- Leche y derivados, con la lactosa incluida.
- Frutos de cáscara (como almendras, avellanas, nueces o pistachos).
- Apio y derivados.
- Mostaza y derivados.
- Granos de sésamo y derivados.
- Dióxido de azufre y sulfitos en proporciones determinadas.
- Altramuces y derivados.
- Moluscos y derivados.
Qué ocurre con los alimentos sin envasar y la venta a granel
El deber de comunicar los alérgenos en alimentos no se restringe a los artículos con envoltorio original del supermercado. En el ámbito nacional, el Real Decreto 126/2015 regula la información de los productos sin envasar, de los que se empaquetan a petición del comprador en el punto de venta y de los elaborados por comercios minoristas.
Esta norma incide directamente en restaurantes, cafeterías, bares y comedores colectivos. En estos locales, los datos sobre los alérgenos en alimentos pueden facilitarse por escrito mediante cartas, menús o fichas técnicas; también se autoriza la comunicación verbal, aunque bajo una condición rigurosa: el negocio debe contar con un registro físico o digital accesible para los clientes o inspectores que asegure la veracidad y el origen de los ingredientes.
El control de sustancias alergénicas en cosméticos y otros productos cotidianos
La prevención ante estas reacciones excede el sector alimentario. En el campo de la cosmética, el Reglamento (CE) n º 1223/2009 exige detallar los componentes alergénicos que sobrepasen ciertos límites. En la actualidad, la Comisión Europea obliga a etiquetar individualmente 26 fragancias de este tipo. Asimismo, el Reglamento (UE) 2023/1545 estableció una fase de transición para incorporar nuevos compuestos: se fijó el 31 de julio de 2026 para su introducción en el mercado y el 31 de julio de 2028 para su distribución definitiva en la Unión Europea.
Respecto a otros bienes de uso diario, como textiles o bisutería, no siempre es obligatorio pormenorizar los materiales en la etiqueta; no obstante, se aplican límites estrictos a metales como el plomo, el níquel o el cadmio. Si estos componentes exceden los márgenes autorizados por provocar dermatitis de contacto u otras patologías, se prohíbe su venta.
Con el fin de asegurar el cumplimiento de estas directrices, la Junta de Andalucía desarrolla un plan específico de inspección de sustancias alergénicas e intolerancias en el marco de sus programas oficiales de seguridad alimentaria.