El Tribunal Superior de Justicia de Galicia concluye que la extinción del contrato fue una represalia tras reclamar un incentivo. La empresa aseguró que el puesto iba a desaparecer, pero poco después contrató a un hombre para realizar las mismas funciones.
La Justicia ha dado la razón a una trabajadora de una farmacia en Galicia que fue despedida después de reclamar un bonus que la empresa había retirado a quienes acumulaban más de tres meses de baja. Todo ello, dentro de un contexto donde existen resoluciones distintas, como el caso en el que la Justicia avaló el despido de una limpiadora que estaba de baja laboral. En este caso, sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha declarado nulo el despido, ha ordenado su readmisión y ha fijado una indemnización de 20.000 euros.
La empleada llevaba trabajando en la empresa desde 2014. Durante seis meses de 2023, entre agosto y diciembre, estuvo de baja laboral. En septiembre de ese mismo año, la compañía eliminó un incentivo para los trabajadores que hubieran permanecido más de tres meses de baja, una medida que le afectaba directamente.
La reclamación del bonus tras la baja y el despido en la farmacia de Galicia
Ante esa decisión, la trabajadora envió un correo electrónico para reclamar el incentivo. Sin embargo, en lugar de abonarle la cuantía correspondiente, la empresa optó por despedirla.
Para justificar la decisión, la compañía alegó que era necesario “un cambio de estilo de liderazgo”. Además, le trasladó que su puesto iba a ser suprimido. No obstante, poco tiempo después incorporó a un hombre para desempeñar las mismas funciones.
Este relevo se produjo, además, sin que la vacante hubiera sido publicitada internamente. Por este motivo, el argumento empresarial sobre la supresión del puesto quedó en entredicho dentro del procedimiento judicial.
El Juzgado de lo Social de Vigo y el TSJ de Galicia llegan a conclusiones distintas
La trabajadora decidió impugnar el despido. En una primera resolución, el Juzgado de lo Social número 4 de Vigo lo declaró improcedente, aunque no apreció nulidad.
La empleada recurrió esa sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Fue en esta instancia donde el criterio cambió de forma clara. El tribunal entendió que no se trataba solo de una decisión injustificada, sino de una represalia vinculada a la reclamación del bonus.
Según la resolución, uno de los elementos que apoyan esa conclusión es que la empleada había sido convocada a reuniones apenas unos días antes. Ese hecho evidenciaba que la empresa seguía contando con ella y que la decisión de despedirla se adoptó después de su reclamación.
La sentencia refuerza la obligación de justificar despidos sin contradicciones empresariales
Con esta decisión, el despido queda declarado nulo y la empresa deberá readmitir a la trabajadora en su puesto, además de abonarle 20.000 euros de indemnización.
La resolución vuelve a poner el foco en la necesidad de que las empresas expliquen con claridad las razones de un despido y mantengan coherencia entre lo que alegan y lo que hacen después. En este caso, asegurar que el puesto desaparecía y cubrirlo poco después con otro empleado fue determinante para que la Justicia apreciara represalia. Para más temas relacionados con otras sentencias laborales, visita nuestra sección de empleo.
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