La reforma asistencial introduce esta obligación, pero retrasa su aplicación: afectará a quienes perciban prestaciones nacidas desde el 1 de noviembre de 2024.
Era una de las grandes novedades de la reforma asistencial del SEPE y, aunque estaba prevista antes, no se aplicará hasta 2026. A partir de entonces, las personas que cobren el paro o un subsidio deberán presentar la declaración de la renta con independencia de mínimos o pagadores. ¿Te afecta si percibes una ayuda del SEPE? Conviene saber qué cambia y desde cuándo.
Quién debe presentar la declaración de la renta y desde cuándo según el SEPE
La instrucción del SEPE corrigió la dualidad inicial y dejó claro que la obligación no se exigió en la campaña de la renta de 2024 presentada en 2025. Sin embargo, desde 2026 sí operará para los beneficiarios del paro o de un subsidio, especialmente para prestaciones nacidas a partir del 1 de noviembre de 2024, fecha de entrada en vigor del nuevo Real Decreto.
En la práctica, esto implica que, para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025, los perceptores deberán rendir cuentas a HacHacienda,nque no alcancen los umbrales habituales. ¿Por qué este cambio? Trabajo aplazó su aplicación para evitar incoherencias temporales y ha abierto la puerta a posibles ajustes normativos antes de la próxima campaña.
Cómo se aplicará la obligación del Real Decreto-ley 2/2024 y sus consecuencias
La norma establece la obligación de presentar anualmente la declaración del IRPF ante la Administración Tributaria o, en su caso, ante el organismo foral correspondiente. No se distingue por cuantía, duración de la prestación ni número de pagadores: cobrar una ayuda del SEPE bastará para tener que presentar la declaración.
Si no se cumple, el texto prevé la suspensión inmediata de la prestación, actualmente fijada en 570 euros, con una bajada escalonada con el paso de los meses, y la posibilidad de exigir el reembolso de lo cobrado. Dicho claro: mejor no dejarlo para última hora. Aquí ofrecemos un resumen rápido de la nueva obligación fiscal:
| Qué cambia | Desde cuándo | A quién afecta | Dónde se presenta | Si no se cumple |
|---|---|---|---|---|
| Presentar la declaración anual del IRPF por cobrar prestaciones del SEPE | Campaña de 2026 (rentas 2025) | Perceptores del paro o subsidios nacidos desde 01/11/2024 | Agencia Tributaria u organismo foral | Suspensión de la ayuda y posible devolución |
En paralelo, desde el propio SEPE se ha deslizado que podrían producirse cambios antes de la próxima campaña. La recomendación práctica es revisar, llegado el momento, la información oficial de Trabajo y de la Administración Tributaria para confirmar requisitos actualizados.
Qué ocurre con el subsidio de mayores de 52 años y la DAR
El subsidio para mayores de 52 años mantiene sus 480 euros y la cotización del 125% del SMI. Aquí hay un matiz importante: si la obligación de presentar la renta se aplica en 2026, se sumará a la Declaración Anual de Rentas (DAR), que ya existía. La DAR se presenta cuando transcurren doce meses desde el nacimiento del derecho (o desde la última reanudación), con 15 días hábiles para completarla. ¿Y si no se presenta? Se interrumpe el pago y la cotización de la ayuda. Estas son las fechas esenciales a tener en cuenta:
- La obligación de declarar el IRPF Entra en vigor en 2026 para declarar el ejercicio 2025.
- Afecta a quienes cobren paro o subsidios nacidos desde el 01/11/2024.
- La presentación se hace ante la Administración Tributaria u organismo foral.
- Incumplir puede acarrear suspensión de la ayuda y devolución de importes.
- En mayores de 52 años, la obligación se suma a la DAR anual.
¿Habrá cambios de última hora? Desde el ámbito de prestaciones se ha señalado que se estudian alternativas y que, cuando arranque la campaña, conviene verificar la información en la web del SEPE o de la administración tributaria correspondiente. En consecuencia, lo razonable es planificar con tiempo y, llegado el periodo de renta, confirmar si se mantiene la obligación o si hay ajustes.
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