Una nueva normativa europea exige el uso del dispositivo inteligente G2V2 en vehículos comerciales ligeros de más de 2,5 toneladas que realicen transporte internacional o cabotaje.
El nuevo tacógrafo para furgonetas y vehículos comerciales ligeros con un peso de entre 2,5 y 3,5 toneladas será de uso obligado a partir del 1 de julio de 2026 para aquellas empresas que operen en el mercado internacional de mercancías o realicen cabotaje. Esta transformación regulatoria, enmarcada en el Paquete de Movilidad de la Unión Europea, persigue unificar el control de la actividad de estas flotas ligeras con la de los camiones de gran tonelaje; el objetivo final radica en incrementar la seguridad en carretera y asegurar una competencia equilibrada entre los operadores del continente.
El proceso de adaptación legal ya está en marcha dentro del territorio nacional: el Gobierno central ha publicado la Orden TRM/282/2026 en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una norma vigente desde el 29 de marzo de 2026 que adecúa la normativa española a las directrices de la Unión Europea. El texto legal estipula de forma clara que esta nueva obligación afectará a todos los vehículos que se sitúen en la citada escala de peso y que crucen las fronteras comunitarias, con total independencia del año en que fuesen matriculados.
Qué vehículos deben llevar el tacógrafo para furgonetas
El principal interrogante entre los transportistas y las pequeñas y medianas empresas andaluzas se centra en el recorrido de sus rutas habituales: la Comisión Europea y la Autoridad Laboral Europea (ELA) han puntualizado que esta exigencia se aplicará únicamente a los servicios de transporte internacional público o por cuenta ajena y a los trayectos de cabotaje.
De este modo, los desplazamientos que se realicen de forma exclusiva dentro del territorio español quedan totalmente al margen de esta regulación; las furgonetas destinadas al reparto de mercancías a escala local, provincial o autonómica no tendrán que equipar este aparato de control.
El sistema técnico que exige la legislación europea es el tacógrafo inteligente de segunda generación (G2V2). Este equipo informático registra de manera automatizada la localización del vehículo mediante la tecnología satelital GNSS en momentos clave del viaje; asimismo, almacena con precisión las horas de conducción, las interrupciones de la marcha, los descansos diarios y el resto de tareas que desempeña el operario.
Las nuevas reglas de conducción y descanso para comerciales ligeros
La adopción generalizada del tacógrafo para furgonetas implica que los conductores de estos vehículos ligeros en trayectos transfronterizos deberán someterse estrictamente a los tiempos de trabajo y descanso fijados por la Unión Europea, los cuales coinciden con las obligaciones de los transportes pesados:
- Un límite de 9 horas de conducción diaria, ampliable a un máximo de 10 horas solamente dos veces a la semana.
- Un tope de 56 horas de conducción semanales y un registro acumulado que no supere las 90 horas en dos semanas consecutivas.
- Una interrupción obligatoria de la conducción de al menos 45 minutos tras transcurrir 4 horas y media al volante de forma continuada.
Con el fin de cumplir con estas exigencias, cada chófer debe disponer de su tarjeta individual de tacógrafo digital; este documento debe introducirse en el lector del aparato antes de comenzar la marcha para asegurar el registro correcto de toda su actividad.
Cómo tramitar la tarjeta y realizar la instalación en Andalucía
La expedición y el control de las tarjetas de conductor corresponden directamente a las administraciones autonómicas. En el ámbito de Andalucía, los profesionales y las compañías del sector pueden solicitar su tarjeta de tacógrafo para furgonetas por vía telemática utilizando la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible; esta plataforma redirige la gestión de forma automática a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía.
Por su parte, la colocación y la calibración periódica de este dispositivo inteligente G2V2 deben llevarse a cabo en talleres técnicos que cuenten con la homologación oficial. Para facilitar este proceso a los trabajadores autónomos y a las empresas locales, el Ministerio de Transportes ofrece en su portal web un directorio detallado con los centros autorizados en las ocho provincias andaluzas.
Finalmente, la Orden TRM/282/2026 incorpora un aspecto de gran interés para favorecer la transición hacia modelos de transporte más limpios: la normativa autoriza la emisión de la tarjeta de conductor vinculada al permiso de conducir de clase B para ciertos vehículos propulsados por energías alternativas cuyo peso oscile entre los 3.500 kg y los 4.250 kg, simplificando así el uso de furgonetas eléctricas o de bajas emisiones.