La Seguridad Social advierte que 37 años cotizados darán el 100% de la pensión en 2027, pero no la jubilación a los 65

Desde el 1 de enero de 2027 cambiarán dos referencias distintas de la jubilación. Harán falta 37 años cotizados para alcanzar el 100% de la base reguladora y 38 años y 6 meses para retirarse a los 65.

La jubilación contributiva afrontará el 1 de enero de 2027 el último tramo del calendario iniciado en 2013. La Seguridad Social elevará a 37 años el periodo necesario para alcanzar el 100% de la base reguladora. Sin embargo, esa cotización no será suficiente para jubilarse a los 65 años. Para hacerlo a esa edad habrá que acreditar 38 años y 6 meses, mientras que quienes no alcancen ese periodo tendrán una edad ordinaria de 67 años.

Los 37 años cotizados permitirán alcanzar el 100% de la base reguladora

Durante 2026 se necesitan 36 años y 6 meses cotizados para aplicar el 100% sobre la base reguladora. A partir de 2027, el requisito aumentará seis meses, hasta los 37 años. Con los primeros 15 años cotizados se obtiene el 50%. Después se sumará un 0,19% por cada uno de los siguientes 248 meses y un 0,18% durante los 16 restantes.

Alcanzar ese 100% no significa cobrar el último salario ni recibir automáticamente la pensión máxima. El porcentaje se aplica sobre la base reguladora, calculada con las bases de cotización del trabajador. Por eso, dos personas con los mismos años cotizados pueden terminar percibiendo cantidades diferentes. La diferencia ya puede verse en el cálculo de la pensión en 2026, donde también influye el historial de bases de cotización.

Jubilarse a los 65 años exigirá más cotización desde 2027

El segundo cambio afecta a la edad ordinaria de jubilación. En 2026 pueden retirarse a los 65 años quienes acrediten 38 años y 3 meses o más. Quienes no alcancen esa carrera deben esperar hasta los 66 años y 10 meses. Desde 2027, el primer umbral aumentará hasta 38 años y 6 meses, mientras que la edad ordinaria para el resto quedará fijada en 67 años.

Situación2026Desde 2027
Cotización para alcanzar el 100% de la base reguladora36 años y 6 meses37 años
Cotización para jubilarse a los 65 años38 años y 3 meses38 años y 6 meses
Edad ordinaria si no se alcanza ese último periodo66 años y 10 meses67 años

Esto provoca una diferencia que puede generar dudas. Una persona con 37 años cotizados en 2027 tendrá derecho al 100% de su base reguladora, pero no podrá retirarse ordinariamente a los 65. Si no alcanza 38 años y 6 meses, deberá esperar hasta los 67 años, salvo que pueda acogerse a alguna modalidad o excepción legal. Una situación parecida ya se produce con la jubilación con 38 años cotizados durante 2026.

El cálculo de la base reguladora también cambia de tramo en 2027

El número de años cotizados determina qué porcentaje se aplica, pero primero debe obtenerse la base reguladora. Desde 2026 funciona un sistema gradual que permite comparar la fórmula tradicional con otra que selecciona las mejores bases dentro de un periodo más amplio. La entidad gestora debe aplicar el cálculo que resulte más favorable cuando corresponda. Este mecanismo está regulado por el Real Decreto-ley 2/2023.

En 2026, la nueva alternativa toma las 302 bases de cotización de mayor importe entre los últimos 304 meses y divide el resultado entre 352,33. En 2027 avanzará otro tramo: se elegirán las 304 mejores bases dentro de 308 meses y se dividirán entre 354,67. La fórmula seguirá coexistiendo con el cálculo de los últimos 25 años cuando este último resulte más beneficioso.

Qué deben comprobar los trabajadores que estén cerca de jubilarse

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación se mantiene un periodo mínimo general de 15 años cotizados. Al menos dos deben encontrarse dentro de los 15 años anteriores al momento de causar el derecho, con las particularidades previstas según la situación del trabajador. Con esos 15 años se parte del 50% de la base reguladora.

Quienes estén cerca de los 37 años o de los 38 años y 6 meses deberían comprobar los periodos que figuran en su vida laboral. Unos meses pueden modificar tanto el porcentaje de pensión como la edad ordinaria de retiro. También resulta útil preparar con antelación los documentos para jubilarse y diferenciar estos requisitos de los aplicables a la jubilación anticipada, donde existen condiciones y coeficientes específicos.

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