Las familias de Alcaudete que hayan tenido o adoptado un hijo en 2025 ya pueden pedir esta ayuda municipal. La convocatoria busca aliviar los gastos del bebé y apoyar al comercio local.
El Ayuntamiento de Alcaudete (Jaén) ha abierto este 22 de abril de 2026 el plazo para solicitar la ayuda a la natalidad y adopción, una prestación de hasta 300 euros por menor dirigida a progenitores y adoptantes del municipio. El plazo termina el 20 de mayo. Estas ayudas recuerdan a otras iniciativas para fomentar la natalidad que se han puesto en marcha recientemente en otros municipios de Andalucía.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Organismo | Ayuntamiento de Alcaudete |
| Plazo | Del 22 de abril al 20 de mayo de 2026 |
| Cuantía máxima | 300 euros por menor |
| Resolución | Máximo 6 meses |
Se trata de una ayuda compatible con otras de la misma finalidad y se abonará mediante transferencia bancaria. Eso sí, deberá gastarse en comercios locales de Alcaudete.
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Quiénes pueden pedir la ayuda a la natalidad y adopción de Alcaudete en 2026
¿Quién puede beneficiarse? Podrán solicitarla las personas progenitoras o adoptantes que hayan tenido o adoptado hijos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. En caso de separación o divorcio, la ayuda corresponderá a quien tenga la custodia y, si esta es compartida, se repartirá al 50 %.
Además, la persona solicitante deberá ser española o extranjera con residencia legal en España. También será necesario que el menor nacido o adoptado esté empadronado en Alcaudete junto a quien presenta la solicitud.
Otro requisito clave es que al menos uno de los progenitores o adoptantes haya estado empadronado en Alcaudete de forma ininterrumpida durante un año dentro de los dos años anteriores a la solicitud. En caso de adopción, el menor deberá empadronarse en el plazo de un mes desde la resolución judicial. Ojo con esto, porque puede marcar la diferencia.
Requisitos y documentos para cobrar los 300 euros por nacimiento o adopción
La convocatoria exige también no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones y estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Aquí intervienen varias administraciones: el Ayuntamiento tramita la ayuda, mientras que Hacienda y la Seguridad Social acreditan que la situación está en regla.
Para preparar la solicitud sin sobresaltos, esta es la documentación exigida:
- Solicitud cumplimentada y firmada.
- Certificación literal de nacimiento.
- DNI o NIE de la persona solicitante.
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
- Certificado de titularidad bancaria.
- Resolución judicial en caso de adopción.
- Convenio regulador o sentencia en caso de separación o divorcio.
Con estos documentos, el Ayuntamiento comprobará si se cumplen las condiciones de acceso. El plazo máximo para resolver es de seis meses y, si no llega respuesta en ese tiempo, el silencio administrativo será desestimatorio.
Cómo solicitar esta ayuda del Ayuntamiento de Alcaudete y en qué puede gastarse
La solicitud deberá presentarse en el Ayuntamiento de Alcaudete dentro del plazo abierto, desde el 22 de abril hasta el 20 de mayo de 2026, acompañada de toda la documentación. Por eso conviene revisar los papeles cuanto antes y no dejarlo para el último día.
¿En qué puede utilizarse esta ayuda? Su finalidad es apoyar a las familias por el nacimiento o adopción de hijos y cubrir gastos relacionados con el cuidado del bebé. No obstante, no se subvencionarán desembolsos ajenos a ese cuidado ni los que no estén incluidos expresamente en la convocatoria.
Además, el importe máximo será de 300 euros por cada menor y el pago se hará por transferencia bancaria. La cuantía deberá gastarse en comercios locales de Alcaudete, una condición con la que el Ayuntamiento busca ayudar a las familias y, al mismo tiempo, dar un empujón al comercio de proximidad. En otras palabras, no resuelve todo, pero puede venir muy bien.
Consulta otras ayudas en Andalucía en nuestra sección de prestaciones.
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