Como dice el título del artículo, este permiso retribuido es poco conocido, pero eso no quiere decir que sea nuevo. Fue aprobado a finales de junio en el Real Decreto 5/2023. Las empresas no suelen informar de estos asuntos a sus trabajadores de manera fluida, que si mal pensamos, se diría que no les interesa. Por eso es de vital importancia que estamos al tanto de cada reforma que afecte al sistema laboral. Para ser un poco más concretos, su nombre es, permiso de 5 días por hospitalización o enfermedad grave y pertenece a los de conciliación familiar.
¿En qué casos puedo solicitarlo?
Lo primero que debes saber es que, para poder disfrutar de este permiso, deberás acreditar la situación que lo motiva. Por ejemplo, si se trata de una enfermedad, se solicitará un informe médico. Además, deberás comunicar tu ausencia a tu empleador con la mayor brevedad posible, aunque no sea necesario preavisar con antelación. Este permiso retribuido de 5 días está diseñado para cubrir situaciones de fuerza mayor relacionadas con familiares o personas convivientes. Puedes solicitarlo en caso de:
- Si un familiar o persona conviviente sufre una enfermedad grave o un accidente que requiera cuidados inmediatos, podrás ausentarte del trabajo hasta un máximo de 5 días.
- En caso de hospitalización de un familiar o persona conviviente, también podrás solicitar este permiso para acompañarle o atender sus necesidades.
- El permiso también puede ser solicitado en otras situaciones de fuerza mayor que requieran tu presencia inmediata, como por ejemplo, una catástrofe natural que afecte a tu vivienda o a la de un familiar.
La forma de solicitar este permiso puede variar según la empresa. Lo habitual es comunicarlo verbalmente a tu superior inmediato, presentando posteriormente la documentación justificativa. Se recomienda conservar una copia de toda la documentación presentada. Recuerda que este permiso es individual e intransferible, como el DNI. No puede ser disfrutado de forma fraccionada, salvo que así lo establezca el convenio colectivo o un acuerdo entre empresa y trabajador. A 1 de julio de 2023 se publicó en el BOE una corrección de errores a este Real Decreto Ley. Dicha corrección se enfoca en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2023, de 30 de octubre.
¿Qué otros permisos retribuidos existen?
Además de este permiso de 5 días por fuerza mayor, existen otros permisos retribuidos que pueden ser de interés para los trabajadores. En caso de fallecimiento de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, tienes derecho a un permiso retribuido de 4 días laborables. Si tienes que realizar un traslado de domicilio habitual, tienes derecho a un día de permiso retribuido. Por ejemplo, en el caso de los funcionarios de la Junta de Andalucía, el permiso es de 1 día si no hay cambio de localidad, 2 si hay cambio dentro de la misma provincia y, si tiene lugar un cambio de provincia, corresponden 3 días por mudanza.
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