El organismo de gestionar las prestaciones y subsidios por desempleo en España, el SEPE, extiende su acción protectora, poniendo especial atención a las personas que se presentan algún grado reconocido de discapacidad. Dicho colectivo, sufre especialmente a la hora de conseguir un puesto de trabajo en un mundo laboral cada vez más competitivo. Por este motivo, mientras encuentran un puesto de trabajo en el que poder desarrollarse profesionalmente, pueden beneficiarse de una ayuda económica de casi 500 euros al mes.
Las personas discapacitadas en paro pueden beneficiarse de la RAI: requisitos
Los parados de larga duración tienen dificultad para encontrar un empleo, más aún si cabe en el caso de las personas discapacitadas. En esos casos, después de agotar la prestación contributiva, se abre la posibilidad de solicitar la RAI o Renta Activa de Inserción. Se trata de una ayuda de 480 euros (80% del IPREM), que otorga durante 11 meses el Servicio Público de Empleo Estatal.
Requisitos generales para pedir la RAI
Existen una serie de requisitos generales que es imprescindible cumplir para poder pedir la Renta Activa de Inserción:
- Tener menos de 65 años.
- Estar apuntado como demandante de empleo en el SAE (en el caso de residir en Andalucía).
- Suscribir el acuerdo de actividad.
- No tener ingresos superiores al 75% del SMI.
- No haber sido beneficiario con anterioridad de 3 programas de RAI.
Condiciones específicas que deben cumplir las personas con discapacidad
Según especifica la plataforma web del SEPE, estos son los requisitos específicos para personas con discapacidad para poder tener derecho a cobrar la RAI:
- Acreditar al menos 3 acciones de búsqueda activa de empleo (BAE). Se considerarán como válidas algunas de las siguientes:
- Trabajo por cuenta propia o ajena.
- Inscripción en, al menos, una agencia de colocación.
- Envío o presentación del currículum en, al menos, tres empresas distintas.
- Realización de, al menos, una entrevista de trabajo.
- Inscripción como solicitante de empleo en, al menos, dos portales de empleo públicos o privados.
- Presentación, al menos, a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo o por las agencias de colocación.
- Cualquier acción formativa o de información dirigida al autoempleo y emprendimiento, ofertada por los Servicios Públicos de Empleo.
- No tener derecho a las prestaciones o subsidios de desempleo o a la renta agraria.
- Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción.
- Estar inscrito o inscrita ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses. Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa de renta activa de inserción o si se ha salido al extranjero.
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