Por qué puedes quedarte sin prestación del INSS al superar los 545 días de baja

Si has agotado el máximo de incapacidad temporal y estás pendiente del tribunal médico, revisar tus notificaciones telemáticas es clave para no perder la nómina.

Al llegar a los 18 meses de baja (545 días), la incapacidad temporal se extingue técnicamente y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe decidir si te reincorporas o si te reconoce una incapacidad permanente. En casos de recaída, conviene revisar para conocer el procedimiento. El problema es que mucha gente sigue esperando el aviso en papel, un error muy común que puede dejarles sin percibir la pensión.

Por qué al cumplir 545 días de baja laboral cambia el control del INSS

La Seguridad Social ha acelerado su transición digital y la notificación telemática es ya la vía preferente y legal para comunicarse con quien supera el año y medio de baja. El error más común es confiar en el correo ordinario para enterarse de una citación o una resolución. Ese pensamiento de que ya llegará una carta suena bien… hasta que no pasa.

Ignorar un aviso en la Sede Electrónica puede derivar en un alta de oficio sin saberlo o en la pérdida del derecho a la prestación por “inasistencia” a una citación que nunca se llegó a leer.

La notificación telemática en la Sede Electrónica decide si sigues cobrando

Si el INSS deposita una citación o una resolución en tu buzón de la Sede Electrónica, el procedimiento sigue su curso aunque tú no entres a consultarlo. ¿Te suena eso de dejarlo para mañana? Pues cuidado. Una notificación se considera legalmente “leída” a los 10 días de su puesta a disposición, aunque el usuario no haya pinchado en ella. Por tanto, el tiempo corre igual. Este resumen ayuda a ubicar los momentos más sensibles:

Momento claveQué ocurreQué te puede salir caro
Al llegar a 18 meses (545 días)La IT se extingue y el INSS decide alta o incapacidad permanenteEsperar un aviso en papel y no mirar el buzón digital
Cuando hay una notificación en la Sede ElectrónicaPuede ser citación o resolución (por ejemplo, alta médica)No reaccionar a tiempo por no haberla visto
A los 10 días desde que se publicaSe considera legalmente “leída” aunque no la abrasQuedarte sin margen y que el pago se detenga

Un simple descuido digital puede hacer mucho daño justo cuando más necesitas estabilidad.

Qué hacer para no perder la prestación mientras esperas al Tribunal Médico

Tras los 18 meses, sigues cobrando con la “prolongación de efectos económicos” hasta que el INSS dicte una resolución definitiva. No obstante, ya no dependes de tu médico de cabecera (deja de emitir partes de confirmación) y pasas a estar bajo el Tribunal Médico (EVI). ¿Conclusión? Tu rutina administrativa importa. Para asegurar tu “supervivencia” burocrática, conviene hacer tres cosas muy concretas:

  • Mantener actualizado el teléfono móvil, ya que suele llegar un aviso por SMS cuando hay una notificación pendiente.
  • Acceder a “Mis Notificaciones” en la Sede Electrónica con Certificado Digital o Cl@ve al menos una vez por semana.
  • Vigilar los plazos: si han puesto una notificación a tu disposición, a los 10 días se considera “leída” aunque no la abras.

En un contexto de retrasos y saturación, el ciudadano sigue teniendo la responsabilidad de estar localizable. Por lo tanto, no te la juegues por no mirar el buzón virtual. Síguenos para conocer más noticias relacionadas con prestaciones, pensiones y ayudas de la Administración pública.

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