Confirmado: multas de 500 euros para menores que lleven patinete eléctrico

La aprobación inicial de la Ordenanza General de Movilidad fija reglas para patinetes eléctricos y otros VMP: sanciones, requisitos y una futura placa municipal.

El Ayuntamiento de Almería ha aprobado de forma inicial una norma que unifica criterios y regula por primera vez el uso de los vehículos de movilidad personal. La propuesta salió adelante con la abstención de los grupos de la oposición y todavía necesita trámites antes de aplicarse.

Esta decisión llega además en un contexto de cambios normativos a nivel estatal, como ya advirtió la DGT sobre cambios legales en patinetes que afectarán a miles de usuarios en los próximos meses.

Qué cambia con la nueva Ordenanza General de Movilidad aprobada inicialmente

La ordenanza marca una línea roja: los menores de 16 años no pueden circular en patinete eléctrico. La única excepción es contar con el permiso de clase AM, con edad mínima de 15 años.

¿Tienes 15 años y el AM al día? Entonces podrías usarlo, pero si no cumples, la infracción se considera muy grave y la multa asciende a 500 euros.

Multas previstas para menores, pasajeros y otras infracciones habituales en VMP

El texto también busca frenar prácticas comunes: ir dos en un patinete, llevar cargas que dificulten la conducción o moverse sin documentación. Solo podrá circular una persona y se prohíbe transportar animales u objetos que comprometan la seguridad. Para hacerse una idea, estas son algunas sanciones destacadas:

ConductaSanción
Menor de 16 años circulando sin permiso AM500 €
Llevar un pasajero100 €
Llevar dos o más pasajeros200 €
No llevar certificado de circulación500 €
No llevar la placa municipal cuando se defina200 €

A partir de ahí, el régimen sancionador añade más supuestos. Por ejemplo, no bajarse del patinete en un paso de peatones o circular por aceras, autopistas, autovías o túneles en casco urbano se penaliza con 200 euros. También hay 200 euros por estacionar en lugares no indicados si existen zonas habilitadas.

Si la carga cae a la vía, la infracción pasa de 200 a 500 euros; conducir de forma temeraria se castiga con 500; y hacerlo bajo alcohol o drogas puede suponer entre 500 y 1.000 euros. El uso del móvil, auriculares o altavoces encendidos mientras se circula conlleva 200 euros.

Requisitos técnicos, casco y normas básicas para circular sin sustos

La ordenanza pone el foco en la visibilidad y la protección. ¿Lo sabías? Las luces deberán ir encendidas a cualquier hora, también de día. Entre las obligaciones principales figuran:

  • Frenos, timbre, luces delanteras y traseras, y elementos reflectantes o catadióptricos.
  • Casco de protección homologado o certificado.
  • Prohibición de usar móvil, auriculares o música/altavoces durante la marcha.

Cumplirlo ayuda a convivir mejor en la calle y a evitar sanciones evitables.

Exposición pública de 30 días y el camino hasta su entrada en vigor

La norma aún no está vigente. Tras la aprobación inicial, se abre un periodo de exposición pública de 30 días para presentar alegaciones y enmiendas. ¿Está todo cerrado? No necesariamente: todavía queda tramitación administrativa antes de la entrada en vigor.

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