La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA) se dirige a familias vulnerables y se gestiona desde los servicios sociales del municipio.
La Junta de Andalucía ha puesto en marcha la RMISA, una prestación económica para hogares en riesgo de pobreza o exclusión social. Tiene una cuantía unipersonal de 733,60 euros al mes, aunque puede llegar a los 1.613,92 euros mensuales en familias numerosas, una cifra similar a la que se detalla en la cuantía máxima del IMV en 2026 cuando la unidad familiar cumple determinados requisitos. Además, lo interesante de esta ayuda autonómica es que está vinculada a un plan de inserción personalizado, con el fin de mejorar la situación laboral, educativa o social.
La Renta Mínima de Inserción de Andalucía funciona como una red de seguridad: busca garantizar unos ingresos mínimos mientras el hogar recibe acompañamiento y recursos para avanzar hacia la autonomía. Sin embargo, no consiste solo en cobrar, también implica participar en un itinerario de inserción.
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Requisitos para solicitar la RMISA: empadronamiento, edad y límite de ingresos familiar
Antes de lanzarte a pedirla, revisa si cumples lo básico. Cuidado, porque aquí es donde se atascan muchas solicitudes. De forma general, para acceder a la RMISA se exige:
- Residencia: todos los miembros deben estar empadronados en un municipio de Andalucía.
- Edad: la persona titular debe tener entre 25 y 64 años. Hay excepciones entre 18 y 24 si se acreditan situaciones especiales (discapacidad igual o superior al 33 %, menores a cargo, orfandad de ambos progenitores, víctima de violencia de género, entre otras).
- Ingresos: la unidad familiar no debe superar el umbral fijado por la Junta de Andalucía para esta ayuda.
Por tanto, si cumples residencia y edad, céntrate en preparar bien la parte de ingresos y las acreditaciones que correspondan a tu caso.
Dónde y cómo pedir la RMISA: solicitud por servicios sociales y documentación
La solicitud se presenta en los servicios sociales comunitarios del municipio de residencia. Tras recibir la petición y la documentación, estos servicios la remiten a la Delegación Territorial de la Consejería competente en servicios sociales, que instruye y resuelve.
Se debe aportar la documentación que acredite los requisitos (empadronamiento, identidad, justificantes de ingresos y lo que corresponda según el caso). La solicitud puede hacerse presencialmente u por internet. Para tenerlo claro de un vistazo, estos son los puntos principales.
| Aspecto | Información básica |
|---|---|
| Cuantía | Hasta 1.613,92 euros al mes, según miembros de la unidad familiar. |
| Dónde se inicia | Servicios sociales comunitarios del municipio. |
| Quién resuelve | Delegación Territorial de la Consejería competente en servicios sociales. |
| Cómo se solicita | Presencial o telemática, con documentación acreditativa. |
Y ahora la pregunta del millón: ¿tienes ya preparados los justificantes de ingresos? Además, ten en cuenta que la Junta de Andalucía facilita un simulador de RMISA para conocer si tienes derecho o no a percibir la ayuda.
Plazo de resolución, efectos económicos y plan de inclusión sociolaboral obligatorio
El plazo para resolver y notificar es de dos meses, contados desde el día primero del mes siguiente a la entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver. Si pasan esos dos meses sin resolución expresa, puede entenderse desestimada; aun así, la Delegación Territorial está obligada a resolver y con efectos desde el día primero del mes siguiente a esa entrada, por lo que no sería necesario presentar una nueva solicitud.
La resolución se comunica también a los servicios sociales comunitarios y al Servicio Andaluz de Empleo. Después, hay un mes para elaborar el Plan de inclusión sociolaboral, consensuado y firmado por la persona titular y, si procede, por los beneficiarios mayores de 16 años, junto al profesional de servicios sociales y la Red de unidades de orientación profesional de Andalucía. Para más noticias sobre prestaciones, te recomendamos que visites nuestra plataforma web de información.

