Desde el pasado 7 de mayo, es posible presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2023 por vía telefónica. En estos momentos, los contribuyentes solo pueden realizar dicho trámite por teléfono y haciendo uso la vía telemática, es decir, a través de internet, hasta que se abra el plazo presencial el próximo mes de junio. Si optas por la presentación del IRPF por teléfono, debes tener a mano la documentación pertinente.
Documentación que te va a solicitar Hacienda a la hora de presentar la declaración de la Renta 2023 por vía telefónica
Los contribuyentes que opten por la vía telefónica para presentar la declaración de la Renta, deben tener preparados con antelación toda una serie de documentos. La Agencia Tributaria advierte que, a la hora de la llamada, que será grabada, deben estar presentes la persona o personas titulares. Veamos, a continuación, cómo se desarrolla el proceso y los datos que te pueden pedir.
Identificación del titular o titulares que van a presentar la Renta 2023
En primer lugar, el/la funcionario/a de la administración tributaria que realiza la llamada, puede optar por alguna de estas opciones para identificar con seguridad a su interlocutor:
- Facilitar la Cl@ve PIN que será enviada al número de teléfono con el que el ciudadano se registró en el sistema de identificación.
- Si no se tiene, hay que facilitar el número de referencia.
Documentos que el contribuyente debe tener a mano para confeccionar la declaración
El contribuyente debe tener a mano todos estos documentos, que les serán requeridos a la hora de confeccionar la declaración de la Renta haciendo uso de la vía telefónica. Por ello, es conveniente, dejar preparado con antelación lo siguiente, según especifica la plataforma web de la Agencia Tributaria:
- DNI del titular de la cita y de todos los que figuren en la declaración.
- Número IBAN de la cuenta bancaria.
- Referencias catastrales de los inmuebles en propiedad o en alquiler.
- Justificantes que de derecho a beneficiarse de las deducciones autonómicas.
- Por rendimientos en el trabajo:
- Certificado del pagador.
- Importes a de cuotas pagadas a colegios profesionales o sindicatos.
- Gastos de defensa jurídica.
- Rendimientos de capital inmobiliario:
- Justificantes de ingresos y gastos con respecto a los alquileres de garajes, pisos, locales u otro bien raíz.
- Rendimientos del capital mobiliario:
- Certificados de empresas, entidades financieras, seguros.
- Recibos de activos financieros o transmisiones de letras del tesoro.
- Por transmitir la vivienda habitual: ganancias y pérdidas.
- Fechas y escrituras de adquisición y transmisión.
- Gastos y tributos.
- Declaraciones de los ejercicios en los que se aplicaron las deducciones por vivienda transmitida.
- Datos sobre la hipoteca y el capital que queda por amortizar, a la fecha de transmisión.
- Ganancias y pérdidas por transmitir otros bienes, premios o subvenciones:
- Justificantes de gastos
- Certificados de fondos de inversión.
- Justificantes de premios y/o subvenciones.
Si quieres conocer más información sobre la campaña de la Renta 2023-2024 o saber más información sobre otros trámites y gestiones con organismos de la Administración, tanto a nivel estatal como local u autonómico, te recomendamos que visites nuestra plataforma web de la comunidad autónoma de Andalucía.