La Seguridad Social aplica coeficientes reductores mensuales que penalizan el retiro antes de la edad legal según los años cotizados.
Solicitar la jubilación anticipada voluntaria es una opción que permite a los trabajadores en España retirarse antes de la edad ordinaria, aunque conlleva una penalización en la cuantía de la pensión. El sistema de pensiones de la Seguridad Social establece coeficientes reductores mensuales para compensar el adelanto del cobro de la prestación. En el año 2026, la edad ordinaria de jubilación se sitúa en los 66 años y 10 meses para quienes tengan menos de 38 años y tres meses cotizados, mientras que se mantiene en los 65 años para quienes superen ese tiempo de cotización, según detalla la web de la Seguridad Social.
Como el adelanto máximo permitido en esta modalidad es de dos años (24 meses), los trabajadores que cumplan los requisitos de cotización podrán retirarse a los 64 años y 10 meses, o bien a los 63 años si tienen derecho a jubilarse a los 65. Esta regulación se encuentra detallada en el artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada voluntaria
No todos los trabajadores pueden optar por el retiro antes de la edad ordinaria. Los requisitos indispensables para acceder a esta modalidad son:
- Tener al menos 35 años cotizados de forma efectiva.
- Que al menos dos de esos años de cotización estén comprendidos dentro de los últimos 15 años anteriores al momento del cese.
- Que el importe de la pensión resultante sea superior a la cuantía de la pensión mínima que le correspondería al interesado por su situación familiar al cumplir los 65 años.
Para el cómputo de los años cotizados, el periodo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria únicamente se tiene en cuenta con un límite máximo de un año. Por otro lado, si el trabajador accede a la jubilación tras haber percibido el subsidio por desempleo durante al menos tres meses, se aplican de forma automática los coeficientes reductores previstos para la jubilación anticipada por causas no imputables a la voluntad del interesado.
Cuantía de los recortes según los años cotizados
La penalización aplicada sobre la pensión de la jubilación anticipada voluntaria varía de forma mensual en función del tiempo cotizado por el trabajador. Para quienes tienen menos de 38 años y seis meses cotizados, el recorte oscila entre el 21% si se adelanta el retiro los 24 meses permitidos, y el 3,26% si solo se anticipa un mes.
Cuando la cotización acumulada se sitúa entre los 38 años y seis meses y los 41 años y seis meses, la penalización máxima por los dos años de adelanto es del 19%, reduciéndose hasta el 3,11% por un solo mes. Para los trabajadores con un historial de cotización de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses, el recorte máximo es del 17%, y del 2,96% para el adelanto de un mes. Por último, quienes superen los 44 años y seis meses cotizados sufren una reducción del 13% por los dos años de anticipo y del 2,81% por un mes.
El abogado Ignacio Solsona explica que (por adelantar dos años la jubilación con 40 años cotizados, se aplica una penalización del 19% sobre la pensión para toda la vida). En este sentido, el funcionario Alfonso Muñoz advierte que (dos trabajadores pueden cotizar 40 años y jubilarse igual, pero uno cobra una compensación y el otro nada). Un ejemplo práctico muestra que un empleado con una pensión calculada de 2.000 euros y 41 años y medio cotizados que decida retirarse dos años antes verá reducida su nómina mensual en 340 euros, por lo que pasará a cobrar 1.660 euros al mes.
Qué ocurre cuando la pensión supera el límite máximo
En los casos en que la base reguladora del trabajador sea muy elevada y la pensión calculada supere el límite máximo de las pensiones públicas, que en 2026 se sitúa en 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales, el sistema aplica una normativa específica según el límite de revalorización.
Para estos supuestos, los coeficientes reductores se aplican directamente sobre el límite máximo de la pensión. Estos porcentajes de penalización están fijados en la disposición transitoria trigésima cuarta de la Ley 21/2021 y se distribuyen de la siguiente manera por un adelanto de 24 meses:
- Un 9,10% de reducción para los trabajadores con menos de 38 años y seis meses cotizados.
- Un 8,50% de recorte para quienes acrediten entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses.
- Un 7,90% de penalización para cotizaciones de entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses.
- Un 6,70% de disminución para aquellos que superen los 44 años y seis meses de cotización.
Cómo tramitar la solicitud ante la administración pública
El trámite para solicitar la pensión de jubilación anticipada voluntaria debe realizarse ante el INSS, o bien ante el Instituto Social de la Marina en el caso de los trabajadores del mar. El procedimiento de solicitud permite presentar la documentación necesaria dentro de los 3 meses anteriores o posteriores al cese de la actividad laboral. Si la solicitud se registra transcurrido este plazo, la retroactividad máxima de los efectos económicos de la pensión será de tres meses desde la fecha de presentación.
En cualquier caso, planificar con tiempo el retiro ayuda a evitar sorpresas en la cuantía mensual de la pensión.