La Junta impulsa un nuevo programa de empleo y formación destinado a 4.600 parados andaluces

La administración autonómica andaluza ha iniciado una de sus campañas más destacadas para disminuir el desempleo mediante el programa de empleo y formación,

Esta iniciativa de la Junta ha sido publicada recientemente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). El Gobierno andaluz destinará una partida de 108.106.379,11 euros para subvencionar planes que integran el aprendizaje en las aulas con el desempeño de labores prácticas remuneradas; según las previsiones de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, esta dotación económica facilitará la cualificación y contratación de aproximadamente 4.600 ciudadanos sin ocupación en las ocho provincias de la región.

Más de 108 millones de euros para el programa de empleo y formación con el fin de dinamizar el trabajo regional

Esta línea de subvenciones se consolida como un recurso estratégico para optimizar la cualificación en la comunidad autónoma: la mayor parte del presupuesto global, concretamente 103.615.861,59 euros, se asignará de manera inmediata, mientras que la cuantía restante se dividirá entre los ejercicios de 2026 y 2027. La presente convocatoria sustituye a la del año anterior, que dispuso de 107.026.279,27 euros para gestionar 306 planes de aprendizaje de los que se beneficiaron 4.590 andaluces en paro; con este nuevo desembolso, el Ejecutivo autonómico pretende mantener el ritmo de inserción en el mercado laboral.

Las propuestas formativas aprobadas bajo este marco regulatorio tendrán una duración de 12 meses y se impartirán obligatoriamente de forma presencial. Una vez que se publique la resolución definitiva de las ayudas, las organizaciones gestoras dispondrán de un plazo máximo de cuatro meses para dar comienzo a las lecciones teóricas y a las tareas laborales efectivas.

Requisitos de acceso y colectivos con preferencia en la selección

Las acciones de cualificación están destinadas a personas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como demandantes de empleo no ocupados que superen los 16 años de edad y cumplan los requisitos específicos del curso. Para asegurar la equidad, la Consejería de Empleo ha fijado prioridades y cupos específicos en el acceso:

  • Jóvenes menores de 30 años.
  • Personas de entre 30 y 44 años que acumulen un periodo de paro de larga duración.
  • Desempleados que superen los 45 años de edad.
  • Mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género.
  • Personas que acrediten alguna discapacidad, para quienes se reserva un 5% de las vacantes.
  • Criterio de representación de género: la preselección de candidatos exige una presencia femenina de al menos el 50%.

Las organizaciones interesadas en ejecutar estas iniciativas de empleo y formación podrán formalizar sus solicitudes a partir del día siguiente al anuncio oficial en el BOJA hasta el 11 de septiembre de 2026. El Gobierno andaluz contará con un periodo de tiempo de seis meses para dictar la resolución de concesión tras expirar el plazo de presentación.

Diferencias con la formación profesional ordinaria y los planes de contratación obligatoria

Para el correcto entendimiento de las políticas activas de la Junta de Andalucía, conviene distinguir este programa de la convocatoria ordinaria de Formación Profesional para el Empleo (FPE) y de los planes que exigen un compromiso de contratación: se trata de tres vías independientes con presupuestos y finalidades distintas.

Por un lado, la convocatoria ordinaria de FPE, anunciada en julio de 2026, cuenta con una asignación de 106.486.426,06 euros y prevé instruir a unas 73.600 personas mediante 2.217 cursos que carecen de una etapa de trabajo alterno en empresas.

Por otro lado, la modalidad de planes formativos vinculados a la contratación posterior cuenta con fondos más reducidos, fijados en 1.200.000 euros en 2026 y 800.000 euros en 2027, ampliables en un millón adicional. En este supuesto, las compañías beneficiarias que operen en Andalucía deben comprometerse a emplear a un porcentaje mínimo del 40% del alumnado participante mediante contratos que no podrán ser de formación en alternancia, formalizándose en un plazo no superior a dos meses tras finalizar el periodo lectivo.

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