Un trabajador gana el pulso a la Seguridad Social y cobrará una pensión de casi 3.200 euros

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha rechazado el recurso de la Seguridad Social y confirma que deberá cobrar 3.126,83 euros al mes.

Un hombre de 60 años con poliomielitis desde la infancia ha conseguido que la Justicia reconozca su derecho a la jubilación anticipada por discapacidad. El caso no es menor. La resolución permite al trabajador acceder al 100% de su base reguladora y recibir, además, más de 113.000 euros por las mensualidades que dejó de percibir durante casi tres años. La sentencia recuerda a casos similares, que han llegado a los tribunales, y la justicia a dado la razón al trabajador frente a la Seguridad Social.

La clave del juicio estuvo en cuándo debía contarse la discapacidad reconocida

La Seguridad Social había denegado inicialmente la jubilación anticipada al considerar que el trabajador no cumplía todos los requisitos exigidos. En concreto, el organismo entendía que solo podía computarse desde 2013 el grado de discapacidad del 46%, aunque el afectado ya tenía reconocida una discapacidad del 33% desde 1986.

¿Dónde estaba el problema? En que, para acceder a esta modalidad de jubilación, la normativa exigía entonces acreditar una discapacidad igual o superior al 45% durante un periodo mínimo de cotización. Según el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social, el trabajador no llegaba a ese plazo.

Sin embargo, los tribunales han considerado que la enfermedad de base no había empeorado, sino que se produjo una nueva valoración administrativa. Es decir, la polio que padecía desde niño era la misma antes y después de 2013.

Los datos principales del caso que han inclinado la balanza judicial

Antes de acudir a los tribunales, el trabajador había acumulado una larga vida laboral y cumplía buena parte de las condiciones exigidas. Estos son los datos más relevantes del caso:

ConceptoDato reconocido
Edad del trabajador60 años
Cotización acumulada33 años
Días cotizados12.112 días
Discapacidad reconocida46%
Pensión mensual3.126,83 euros
Atrasos reconocidosMás de 113.000 euros

La diferencia era importante: si se aplicaba el criterio de la Seguridad Social, al trabajador le faltaban todavía tres años de edad y 663 días de cotización. Si se aceptaba la tesis judicial, podía jubilarse de forma anticipada.

Y eso, claro, cambia por completo el resultado.

Por qué la poliomielitis permite adelantar la jubilación en determinados casos

La poliomielitis figura entre las enfermedades que pueden reducir de forma apreciable la esperanza de vida. Por ese motivo, el Real Decreto 1851/2009 permite anticipar la edad de jubilación a determinados trabajadores con discapacidad.

En el momento de la solicitud, se exigían estas condiciones generales:

  • Tener una discapacidad igual o superior al 45%.
  • Acreditar un periodo mínimo de cotización vinculado a esa situación.
  • Que la enfermedad estuviera incluida entre las previstas por la normativa.
  • Solicitar la jubilación conforme al procedimiento establecido.

Desde 2023, además, este requisito se ha flexibilizado: basta con acreditar ese grado de discapacidad durante cinco de los quince años de cotización mínima exigida.

El TSJPV confirma el fallo y rechaza el recurso de la Seguridad Social

El Juzgado de lo Social de San Sebastián ya había dado la razón al trabajador. Después, la Seguridad Social presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, pero el alto tribunal ha ratificado la primera sentencia.

La decisión obliga a reconocer la jubilación anticipada con efectos desde el día siguiente al cese en el trabajo. En la práctica, supone una pensión mensual de 3.126,83 euros y el abono de las cantidades pendientes.

Por consiguiente, el tribunal no vio una enfermedad nueva ni una agravación posterior, sino una discapacidad que ya existía y que fue recalificada años después. Para el trabajador, desde luego, no era una simple cuestión de papeles.

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