El TSJ de Andalucía confirma la sanción a una trabajadora que simuló un contrato para cobrar el paro

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sanción impuesta a una trabajadora que simuló una relación laboral para acceder al subsidio por desempleo.

El tribunal da la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y mantiene la obligación de devolver las cantidades cobradas indebidamente, además de dejar sin derecho al subsidio a la beneficiaria. La resolución, identificada como STSJ AND 1082/2026, tiene fecha de 5 de febrero de 2026. La empresa implicada deberá pagar una multa de 31.255 euros por una infracción muy grave relacionada con la simulación de contratos. Este caso judicial recuerda a otros similares, como el del trabajador que provocó su despido para poder cobrar el paro.

La Inspección de Trabajo detectó irregularidades en una empresa con contratos simulados

El caso comenzó cuando la Inspección de Trabajo y Seguridad Social recibió un aviso de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) sobre posibles irregularidades en una empresa. A partir de esa comunicación, el 30 de abril de 2021 se levantó un acta de infracción en la que se analizó la situación laboral de varios empleados.

Según concluyó la Inspección, existían relaciones laborales simuladas con el objetivo de que determinadas personas pudieran acceder a prestaciones por desempleo. En concreto, 13 de los 19 trabajadores que figuraban dados de alta en la plantilla no habrían prestado servicios reales.

Un contrato de solo siete días puso el foco sobre la trabajadora sancionada

En el caso de la trabajadora afectada por la sentencia, la empresa gestionó su alta durante un periodo de apenas siete días, después de un breve paso por otra sociedad vinculada. Esta circunstancia fue uno de los elementos que levantó las sospechas de la Inspección.

El informe señaló que la relación laboral no reunía las condiciones propias de un empleo real. Entre otros aspectos, la trabajadora no conocía a sus compañeros ni tampoco sus condiciones laborales. Además, incurrió en declaraciones contradictorias y no aportó documentación suficiente para acreditar que efectivamente había trabajado.

El SEPE extinguió el subsidio y reclamó las cantidades cobradas indebidamente

Tras el acta de la Inspección, el SEPE dictó en 2021 una resolución sancionadora en la que acordó la extinción del subsidio por desempleo. También ordenó el reintegro de las cantidades percibidas de forma indebida, aunque la sentencia no concreta el importe.

La sanción incluía, además, la prohibición de solicitar o cobrar prestaciones durante un año y la exclusión de programas de formación y ayudas públicas durante ese mismo periodo. La conducta fue calificada como muy grave, al considerar que se había actuado de forma fraudulenta para cobrar la prestación.

La empresa deberá pagar 31.255 euros por simular contratos de trabajo

La investigación también puso de manifiesto la actuación irregular de la empresa. Según el caso, las bajas se comunicaban como finalización de contrato y no como bajas voluntarias, lo que permitía acceder al paro.

Por estos hechos, la empresa fue sancionada con 31.255 euros por una infracción muy grave vinculada a la simulación de contratos de trabajo. Esta sanción no fue recurrida, por lo que quedó firme. Además, la TGSS anuló el alta de los trabajadores afectados y dejó sin efecto sus cotizaciones durante el periodo investigado.

El TSJA respalda la actuación de la Inspección de Trabajo y del SEPE

El TSJA ha respaldado la actuación de la Inspección de Trabajo, recordando que sus actas gozan de presunción de veracidad y pueden servir como base para imponer sanciones cuando no se aportan pruebas sólidas en contra.

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