Las personas trabajadoras dedicadas a las labores de campo que se han quedado desempleados, tienen la posibilidad de pedir la Renta Agraria. Se trata de una ayuda especial por inactividad que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a los trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS). La curiosidad de esta prestación es que su cuantía puede llegar hasta los 642 euros al mes.
No es lo mismo la Renta que el subsidio agrario: cuantías y requisitos de esta ayuda del SEPE
Cuando hacemos referencia a la Renta Agraria, hay que tener claro qué es para no confundirlo con el subsidio agrario, puesto que son dos cosas distintas. De hecho, la principal diferencia se basa en la cantidad a cobrar en cada una de ellas, ya que la Renta Agraria depende del número de jornadas y el subsidio del IPREM vigente, es decir, 480 euros.
En este aspecto, la Renta Agraria tiene una cuantía que puede variar desde los 480 € hasta los 642 € al mes, según IPREM y número de jornadas trabajadas reales:
- 35 a 64 jornadas: 80% del IPREM, 480 €/mes.
- 65 a 94 jornadas: 85% del IPREM, 510 €/mes.
- 95 a 124 jornadas: 91% del IPREM, 546 €/mes.
- 125 a 154 jornadas: 96% del IPREM, 576 €/mes.
- 155 a 179 jornadas: 101% del IPREM, 606 €/mes.
- 180 jornadas: 107% del IPREM, 642 €/mes.
Todas aquellas personas que quieran optar a la Renta Agraria deben cumplir una serie de requisitos. La primera de ellas es pertenecer al colectivo de trabajador eventual agrario por cuenta ajena. Además, hay que estar empadronado/a y contar con residencia en alguna localidad de Andalucía o Extremadura, por un mínimo de 10 años.
Por otro lado, se necesitará que el solicitante figure inscrito en el censo del SEASS de manera ininterrumpida durante los últimos 12 meses entre 5 y 20 años para personas mayores de 45 años. Otra de las cosas a tener en cuenta, es mantenerse al corriente del abono de la cuota fija establecida y no haber obtenido esta prestación en los últimos 3 años. Finalmente, se exige haber cotizado en el SEASS un mínimo de 35 jornadas reales en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la finalización de la actividad.
Duración de la Renta Agraria y cómo solicitarla
En cuanto a la duración de esta Renta Agraria del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), esta dependerá de la edad de la persona como de la situación familiar, si tiene o no cargas. En el caso de trabajadores sin cargas familiares, tiene los siguientes días según la edad:
- Trabajadores entre 16 y 24 años: 3,4 días de renta por cada día trabajado, con un límite máximo de 180 días.
- Trabajadores de 25 a 51 años y las de 52 años o más: derecho de 180 y 300 días, respectivamente.
Si hacemos referencia a las personas que tienen responsabilidades familiares, la ayuda serán iguales para todos, con un total de 6 meses de duración, independientemente de la edad.
Para pedir la Renta Agraria, tan solo debes dirigirte a la Sede Electrónica del SEPE (Cl@ve, DNIe o certificado electrónico) o bien acudir a cualquier oficina, con cita previa. Otra forma es llamar por teléfono al 060 o 91 926 79 70.
Si estás desempleado y quieres conocer que más tipos de ayuda existen para poder solicitarlas, puedes acceder al apartado de prestaciones de la Comunidad de Andalucía donde y consultarlas para ver si cumples con los requisitos y ser beneficiario.