Cómo en años anteriores, la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes que lo soliciten el Plan “Le Llamamos”. Un sistema que ayuda a confeccionar la Renta 2023-2024 por vía telefónica. Es una forma de presentar la declaración del IRPF sin desplazamientos innecesarios, si no se sabe o no se desea utilizar el programa Renta Web, que permite hacer la gestión por internet. Sin embargo, esta opción no vale para todo el mundo. Te lo contamos.
El Plan “Le Llamamos” de la Agencia Tributaria sirve para presentar la Renta por vía telefónica: límites y documentos
La Agencia Tributaria facilita a los ciudadanos la presentación de la declaración de la Renta, en esta ocasión, la correspondiente al ejercicio fiscal 2023. Para ello, pone varias vías a disposición de los contribuyentes, para que escojan la más conveniente para ellos. En ese aspecto, desde el inicio de campaña, la AEAT activó el programa Renta Web, para poder hacer el trámite a través de internet.
Por otra parte, ya se puede pedir cita previa para ser atendido de forma presencial en una oficina de la administración tributaria, a partir del 3 de junio, de forma presencial. Sin embargo, muchos ciudadanos no pueden desplazarse por cuestiones de salud, o simplemente no quieren perder tiempo en acudir personalmente a una sede para ser atendido.
Además, también esta vía de comunicación es muy apropiada en esos casos en los que tampoco se está muy familiarizado con el uso de internet, como ocurre, en general, con el colectivo de personas mayores de 65 años. Para todos estos casos, Hacienda dispone del Plan “Le Llamamos”, para poder presentar la Renta por teléfono.
Condiciones para poder usar el Plan “Le Llamamos”
El Plan “Le Llamamos”, que está activo desde el pasado 29 de abril, pueden usarlo los contribuyentes que deseen realizar la declaración del IRPF por teléfono. Sin embargo, en algunos casos, no es posible hacerlo por esta vía. Veamos qué tipo de ciudadanos no puede usar este servicio de confección de la Renta:
- En caso de realizar actividades empresariales o profesionales por estimación directa.
- Si se tienen rendimientos superiores a 65.000 euros anuales.
- Si existen rentas de capital mobiliario por encima de los 15.000 euros al año.
- Se han realizado más de 2 trasmisiones patrimoniales, por venta de acciones o inmuebles.
- Tener bienes adquiridos gracias a una donación o herencia.
- En caso de que se perciban rentas por alquiler de más de 2 inmuebles o alquileres turísticos.
Documentación necesaria a tener a mano
Para hacer uso de este servicio telefónico para tramitar la declaración de la Renta, la Agencia Tributaria recomienda tener a mano todos estos documentos, en el momento de la llamada del técnico de Hacienda:
- Cl@ve PIN o el número de referencia del titular o titulares de la declaración para poder identificarse de forma adecuada.
- Número de DNI de todas las personas que se vayan a incluir en la declaración.
- IBAN de la cuenta bancaria.
- Referencias catastrales de los inmuebles.
- Documentación que justifique las rentas del trabajo, así como las ganancias patrimoniales obtenidas y otros documentos, según las circunstancias específicas de cada caso.
Cómo usar el Plan “Le Llamamos” para confeccionar la Renta por teléfono: activo hasta el 28 de junio
Para usar el Plan “Le Llamamos”, es necesario previamente pedir cita previa, para que un técnico de Hacienda se ponga en contacto contigo y te ayude a presentar la declaración de la Renta 2023 por teléfono. Puedes hacerlo por cualquiera de estas vías, que estarán operativas hasta el 28 de junio de 2024:
- Entra en la web de la AEAT e identifícate con alguno de estos métodos:
- NIF / NIE.
- Cl@ve.
- Número de referencia.
- DNIe electrónico.
- Certificado electrónico.
- Puedes hacerlo también a través de la App-AEAT.
- Llamando al teléfono automático: 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- Pidiendo cita con atención personal al 91 553 00 71 o 901 22 33 44. Este servicio solo está activo de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas.
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