La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad tiene como finalidad acreditar el grado de discapacidad de su titular y además servir como documento probatorio de dicha condición. Esto permite a la persona titular de la misma presentar, ante terceras personas, su grado de discapacidad y tener más acceso a determinados servicios. Ahora bien, ¿qué único requisito hay que tener para obtener esta tarjeta de la Junta de Andalucía? Te lo explicamos bien en el siguiente artículo:
Tarjeta acreditativa de discapacidad de la Junta: requisitos para obtenerla
La Junta de Andalucía establece que podrán beneficiarse de esta tarjeta las personas residentes en la Comunidad Autónoma Andaluza que tengan reconocido, mediante una correspondiente resolución, un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Sus beneficiarios deben presentarla junto a su documento identificador (DNI o NIE). Siempre que las Administraciones u organismos públicos lo consideren oportuno, podrán solicitar la presentación de la resolución de reconocimiento de grado de discapacidad.
Los derechos que otorga la acreditación del grado de discapacidad están regulados tanto a nivel nacional como autonómico. Sin embargo, el acceso individual a estos viene determinado por las circunstancias del porcentaje de discapacidad reconocido. Entre ellos, figuran la edad, la unidad familiar o los ingresos de la unidad de convivencia. Por estos motivos es necesario estudiar el caso concreto de cada persona para saber a qué servicios y prestaciones tiene derecho.
¿Cuál es su vigencia?
La tarjeta acreditativa de discapacidad determinará expresamente su vigencia. Esta podrá
ser de carácter permanente, o bien establecer una fecha determinada de validez de acuerdo con la provisionalidad de la valoración del grado de discapacidad. Cabe mencionar que la tarjeta perderá su vigencia cuando se produzca su cancelación en los términos previstos en la Orden de 17 de marzo de 2011 por la que se crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento para su concesión.
¿Cuáles son los pasos para solicitar tu tarjeta acreditativa de discapacidad?
Esta tarjeta es emitida por el órgano competente. Se resolverá en un acto único las
cuestiones relativas a la resolución del reconocimiento de grado de discapacidad, la certificación de discapacidad, el dictamen técnico facultativo y la concesión de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.
Después de la valoración por el Centro de Valoración y Orientación de la provincia correspondiente, si se obtiene un porcentaje igual o mayor al 33% se recibe la Tarjeta acreditativa del grado. En caso de no recibirla, pérdida o robo de la tarjeta puede solicitarla a través del Teléfono de Información sobre Discapacidad 900.55.55.64.
¿Qué pasa si se modifica el grado de discapacidad?
Cuando se modifique el grado de discapacidad reconocido como consecuencia de una resolución judicial o administrativa, se aplicarán una serie de criterios que hay que tener en cuenta:
- En el caso de que el grado resultante de la resolución judicial o administrativa que lo modifique sea inferior al 33%, la persona titular de la tarjeta estará obligada a retornar la tarjeta en el plazo de diez días desde la firmeza de la resolución. Posteriormente, el Centro de Valoración y Orientación competente la cancelará de oficio.
- Una vez expedida la tarjeta, si luego se emitiera resolución judicial o administrativa firme que modificase el grado de discapacidad reconocido a la persona titular de la misma, se emitirá de oficio una nueva tarjeta con el grado de discapacidad reconocido por dicha resolución.
Por último, te recordamos que esta tarjeta se remite por correo certificado al domicilio de la persona interesada. Para no perderte ninguna noticia relacionada, puedes consultar la sección de trámites.