Guía práctica para revisar el contrato, entender las coberturas del seguro y reclamar de forma segura ante cualquier abuso de las compañías.
Al planificar las vacaciones, alquilar un coche representa una de las alternativas más comunes para desplazarse con autonomía por las vías andaluzas o al viajar al extranjero. No obstante, este servicio suele acumular numerosas reclamaciones debido a la falta de claridad en las tarifas, penalizaciones imprevistas por supuestos desperfectos al entregar el automóvil o cláusulas contractuales desproporcionadas. Con el fin de eludir contratiempos al recoger el vehículo en la sucursal o al comprobar los movimientos de la cuenta bancaria, resulta fundamental conocer los derechos del usuario y la legislación aplicable, así como la forma de reclamar en Andalucía como consumidores, ante cualquier incidencia.
Qué debes comprobar antes de firmar el contrato de alquiler
La prevención de incidencias se inicia antes de la contratación. Al realizar búsquedas en internet, el Centro Europeo del Consumidor (CEC-España) recuerda que la tarifa publicitada debe integrar obligatoriamente todos los costes obligatorios. Previo a la suscripción del acuerdo, la arrendadora tiene que detallar de forma comprensible el precio final con el IVA incluido, los servicios opcionales contratados, la gama del vehículo, los días concretos de recogida y devolución, así como el importe retenido en la tarjeta de crédito en concepto de depósito.
A la hora de formalizar el trámite, resulta de vital importancia prestar atención a los siguientes aspectos:
- La tarjeta de crédito: aunque muchas agencias admiten formalizar la reserva en la web con una tarjeta de débito, el CEC advierte de que para la retirada física del automóvil suele requerirse una tarjeta de crédito a nombre del conductor principal.
- La disponibilidad del modelo: si al personarse en la oficina el vehículo reservado no estuviera disponible, la empresa debe facilitar un modelo de igual o superior categoría sin aplicar ningún cargo extra por este cambio.
- La derecho de desistimiento: conviene recordar que el plazo de desistimiento general de 14 días para transacciones por internet no es aplicable a los contratos de arrendamiento de vehículos con fechas de ejecución concretas.
- Cruzar fronteras: si se planea transitar por distintos países, el CEC señala que es obligatorio notificarlo a la compañía durante la reserva para obtener la autorización expresa.
De acuerdo con el Boletín Oficial del Estado (BOE), las empresas están obligadas a facilitar al usuario un justificante o copia del contrato que recoja las condiciones esenciales pactadas, incluyendo las cláusulas generales aceptadas por el cliente.
Cómo realizar la devolución del coche para evitar cargos falsos
El momento de la devolución del vehículo concentra gran parte de las quejas de los usuarios. Diversas compañías aplican cargos automáticos por deterioros que los clientes afirman que ya existían antes de iniciar el viaje.
Para evitar estas situaciones, se aconseja efectuar la entrega durante el horario comercial de la oficina; de este modo, es posible inspeccionar el automóvil junto con un empleado y obtener un documento firmado que certifique que se devuelve sin nuevos desperfectos y con el combustible acordado. Si el retorno se realiza fuera de horario, el cliente asume los riesgos de cualquier daño hasta que el personal revise el coche al día siguiente. Por ello, se recomienda tomar fotografías detalladas del estado interior y exterior del vehículo al entregarlo.
En relación con las sanciones de tráfico, la responsabilidad legal recae siempre sobre el conductor. La notificación llegará a la dirección indicada en el contrato, y la arrendadora puede cobrar gastos de gestión por identificar al infractor ante la Jefatura de Tráfico.
Requisitos para conducir y cómo reclamar al alquilar un coche en Andalucía
Para circular por el territorio nacional, la edad mínima legal es de 18 años, aunque bastantes compañías exigen un mínimo superior, como 21 o 25 años, o aplican tasas adicionales a conductores jóvenes. Asimismo, la Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que no hay un límite de edad máxima para conducir, si bien a partir de los 65 años el permiso de clase B debe renovarse cada 5 años como máximo.
Para los conductores extranjeros, las licencias de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo son válidas si están vigentes. Para ciudadanos de otros países, el permiso debe cumplir el Reglamento General de Conductores, lo que exige estar en vigor, tener la edad mínima requerida en España y no superar los 6 meses de residencia en el país.
Si a pesar de tomar estas precauciones se produce un cobro indebido o se incumplen las condiciones acordadas al alquilar un coche, el usuario tiene derecho a reclamar. En la comunidad autónoma, la Junta de Andalucía dispone del sistema Hoj@ para tramitar quejas y reclamaciones electrónicas. Este canal digital no sustituye a las hojas físicas tradicionales, y los establecimientos andaluces deben mostrar un cartel informativo con un código QR para facilitar el acceso de los consumidores a este procedimiento.