Aprobada la ley de la pasarela al RETA: quién sale ganando con el nuevo camino a la Seguridad Social y quién queda fuera

La nueva ley permitirá a miles de profesionales transferir sus fondos acumulados a la Seguridad Social para mejorar sus pensiones, aunque deja fuera a quienes ya están retirados.

El Congreso de los Diputados ha ratificado de forma definitiva la regulación de la pasarela al RETA para aquellos profesionales que cotizan mediante mutualidades alternativas. Con el visto bueno de la Cámara Baja a los cambios del Senado el pasado 23 de julio de 2026, finaliza una extensa tramitación parlamentaria destinada a paliar la precariedad de casi 200.000 profesionales en el país. Este colectivo sufre las consecuencias del cambio de modelo de 2005, cuando las mutualidades pasaron a ser sistemas de capitalización individual, lo que derivó en pensiones de jubilación de apenas 400 o 500 euros mensuales tras toda una vida laboral.

Aunque la normativa entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), a fecha de 24 de julio de 2026 todavía no se ha realizado dicha publicación oficial, siendo el último sumario disponible el del 21 de julio de 2026.

Quiénes pueden solicitar la pasarela al RETA y quiénes quedan fuera

La redacción final de la norma ha suscitado polémica al excluir expresamente a los profesionales ya jubilados que cobran de su mutualidad. Los grupos parlamentarios PP, PSOE y Vox, junto al diputado del Grupo Mixto Javier Ortega Smith, respaldaron la enmienda de la Cámara Alta que los aparta de este proceso de rescate.

La transferencia voluntaria del capital acumulado se limita en exclusiva a los profesionales colegiados en activo que cumplan los siguientes requisitos:

  • Pertenecer o haber pertenecido a mutualidades alternativas al régimen especial de trabajadores autónomos.
  • No cobrar una pensión de jubilación pública ni de la propia entidad mutualista.
  • Carecer de cualquier prestación de estos sistemas, admitiéndose únicamente las pensiones de viudedad.

Para los profesionales de las ocho provincias andaluzas que cumplan estas condiciones, el acceso a la pasarela al RETA constituye una opción voluntaria e irrevocable para incorporarse al sistema público, con la garantía de que el traslado de fondos no tributará en el IRPF.

Requisitos y plazos para tramitar el traspaso a la Seguridad Social

La puesta en marcha de la medida requiere un desarrollo normativo previo. El Ejecutivo dispone de un límite de tres meses desde la aprobación de la ley para publicar el reglamento que concrete el proceso de solicitud y la equivalencia de los fondos acumulados en periodos de cotización dentro de la Seguridad Social.

Una vez aprobado dicho reglamento, los mutualistas interesados dispondrán de un año para tramitar formalmente el traslado de sus aportaciones.

Para determinar la equivalencia de este traspaso, la ley fija como referencia la base mínima de cotización del régimen de autónomos aplicable al trabajador. A este importe se le aplicará un coeficiente corrector de entre el 0,67 y el 0,87, destinado a cubrir las contingencias que no estaban incluidas en las mutualidades.

El cómputo especial para los mutualistas más veteranos

La legislación prevé un tratamiento específico para los profesionales con mayor antigüedad o próximos a la edad de retiro. En concreto, se aplicará la regla del uno por uno (1×1) a dos grupos determinados.

Por un lado, se beneficiarán quienes iniciaron su actividad antes del 10 de noviembre de 1995, computándoseles todo el tiempo de afiliación obligatoria a la mutualidad como alta en el régimen de autónomos para fijar el porcentaje de la base reguladora. Por otro lado, recibirán idéntico trato los mutualistas con 52 años o más a fecha de 31 de diciembre de 2026; para ellos, cada mes aportado equivaldrá a un mes cotizado en el sistema público.

Esta distinción resulta fundamental para que los profesionales andaluces estimen sus prestaciones, considerando que el límite máximo de las pensiones públicas en 2026 es de 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales.

Nuevas obligaciones de control para las mutualidades de previsión social

El nuevo marco legal no solo regula la pasarela al RETA, sino que también incrementa la supervisión sobre las mutualidades. Estas entidades deberán enviar información contable y financiera periódica a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para acreditar su solvencia.

Asimismo, las mutualidades remitirán a sus miembros un informe semestral sobre el estado de los fondos y el valor actuarial de sus rentas. Por su parte, el Gobierno presentará, antes del 31 de diciembre de 2030, un análisis sobre el funcionamiento de la alternatividad. Entretanto, las aportaciones de los mutualistas que permanezcan en el sistema privado subirán progresivamente, alcanzando el 86% de la base mínima en 2026, el 93% en 2027 y el 100% en 2028.

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