La nueva orden publicada en el BOE fija las reglas de cotización para 2026 con efectos desde el 1 de enero. El problema: llega con tres meses de retraso y obliga a empresas, pymes y despachos laborales a revisar nóminas ya cerradas
Cambio relevante para los trabajadores por cuenta ajena y para las empresas. El BOE de 30 de marzo, establece las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para este año.
La clave está en una fecha. Aunque la orden entró en vigor el 1 de abril, sus efectos se aplican desde el 1 de enero. ¿Qué supone esto en la práctica? Que las cotizaciones del primer trimestre se han calculado sin tener todavía las reglas definitivas sobre la mesa.
Desde el Consejo General de Graduados Sociales de España han advertido de que las cotizaciones de enero y febrero, ya abonadas, tendrán que ser corregidas. La Seguridad Social, por su parte, se ha comprometido a regularizarlas de oficio, según el Boletín RED 2026/05.
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Las empresas deberán ajustar nóminas por la nueva orden de cotización: qué meses quedan afectados
El ajuste especificado en El Boletín Oficial del Estado que ha publicado la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, no se aplicará igual en todos los meses. Y ahí está buena parte del enfado. Enero y febrero sí entran dentro de la regularización automática anunciada por la Seguridad Social, pero marzo queda fuera de ese mecanismo.
Para entenderlo de forma sencilla, este es el escenario que tendrán que afrontar empresas y asesores:
| Mes afectado | Situación prevista | Quién asume el ajuste |
|---|---|---|
| Enero | Cotización ya abonada | Regularización de oficio |
| Febrero | Cotización ya abonada | Regularización de oficio |
| Marzo | Debe pagarse en abril | Adaptación directa por empresas y despachos |
Por lo tanto, los despachos profesionales tendrán que aplicar la nueva norma en muy pocos días. No es un detalle menor: las nóminas de marzo deberán revisarse con rapidez y sin apenas margen para organizar el trabajo.
¿Consecuencia directa? Muchas empresas tendrán que rehacer cálculos, modificar nóminas y ajustar liquidaciones en plena campaña de obligaciones fiscales. Vamos, un encaje complicado para pymes, trabajadores y graduados sociales.
El malestar de los graduados sociales por los cambios retroactivos
El presidente del Consejo General de Graduados Sociales de España, Joaquín Merchán, ha trasladado su queja a la Seguridad Social. Según explicó, publicar la orden a finales de marzo con efectos desde enero no resulta admisible, porque los profesionales han trabajado todo el trimestre sin la información necesaria.
El Consejo resume el problema en varios puntos:
- Falta de seguridad jurídica para empresas y trabajadores.
- Nóminas calculadas con criterios provisionales.
- Necesidad de corregir cotizaciones ya pagadas.
- Más carga administrativa para pymes y despachos laborales.
- Riesgo de errores por la aplicación urgente de la norma.
La situación, además, no es nueva. En ejercicios anteriores ya se produjeron retrasos en la publicación de las órdenes de cotización. La de 2022 se publicó el 31 de enero de 2023; la de 2023 llegó el 28 de marzo de 2024; y la de 2024 se publicó el 26 de febrero de 2025.
Ahora, la orden correspondiente a 2025 se ha completado el 31 de marzo de 2026, de nuevo con efectos retroactivos y coincidiendo con cierres fiscales. Para el Consejo, esto implica liquidaciones complementarias y rehacer nóminas en tiempo récord. En resumen: más trabajo, más presión y menos margen para hacerlo bien. Para más noticias sobre trámites y otras gestiones, visita nuestra web.
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