El Gobierno fija una cotización adicional del 10,6% para permitir la jubilación anticipada de bomberos y agentes forestales.
La disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 3/2026, ya aprobado en el Congreso, fija una cuota extra para financiar la jubilación anticipada de bomberos forestales y de agentes forestales y medioambientales. En España, hay casi 25.000 bomberos forestales y más de 6.000 agentes, así que el cambio tendrá efecto en muchas nóminas.
Además, existen otros supuestos de retiro adelantado en el sistema, como la jubilación anticipada sin recortes desde los 52 años siempre y cuando se cumplan unos determinados requisitos.
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Qué cambia con la cotización adicional del 10,6% y a quién se aplica
La cotización adicional será del 10,60% en ambos colectivos y se calcula sobre la base de cotización. El reparto es el mismo: 8,84% a cargo de la empresa y 1,76% a cargo del trabajador.
| Colectivo | Cotización adicional total | Empresa | Trabajador |
|---|---|---|---|
| Bomberos forestales (RD 383/2008) | 10,60% | 8,84% | 1,76% |
| Agentes forestales y medioambientales (RD 919/2025) | 10,60% | 8,84% | 1,76% |
En la práctica, esta cuota se suma a la cotización ordinaria, por lo que incrementa el coste total asociado a estas actividades.
Bomberos forestales: coeficiente 0,20, edades mínimas y ausencias no penalizadas
La edad de jubilación se reduce aplicando un coeficiente del 0,20 por cada año completo trabajado como bombero o bombero forestal. Pero hay límite: no se podrá acceder con menos de 60 años, o con menos de 59 si se acreditan 35 o más años de cotización efectiva (sin contar pagas extraordinarias). Para el cómputo del tiempo efectivo se descuentan ausencias, salvo, entre otras, estas:
- Incapacidad temporal por enfermedad o accidente (laboral o no).
- Suspensiones por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento; también riesgo durante embarazo o lactancia y permiso parental.
- Abandono del puesto por violencia de género o violencia sexual.
- Permisos y licencias retribuidos, incluida la representación sindical.
El periodo de reducción cuenta como cotizado solo para fijar el porcentaje aplicable a la base reguladora. Además, se mantiene el beneficio si se deja la actividad de bombero pero se continúa en alta por otro empleo, cualquiera que sea el régimen.
Agentes forestales y medioambientales: 15 años mínimos y límites del adelanto
También se aplica un coeficiente reductor del 0,20 por año de servicio efectivo, con un requisito adicional: al menos 15 años cotizados en esta actividad.
El recorte no puede llevar a una edad inferior en más de 5 años respecto a la ordinaria, o en más de 6 años si se acreditan 37 años de actividad efectiva y cotización en el puesto (sin computar pagas extraordinarias). El tiempo reducido computa, igualmente, solo a efectos del porcentaje de la base reguladora.
Ejemplos en euros de la cuota adicional según distintas bases mensuales
En bomberos forestales, la cuota adicional varía según la base y se traduce en estos importes mensuales, según el Real Decreto-ley 3/2026 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE):
| Base mensual | Cuota adicional total | Empresa | Trabajador |
|---|---|---|---|
| 3.841 € (decil alto) | 407,14 € | 339,54 € | 67,60 € |
| 1.784 € (media) | 189,10 € | 157,70 € | 31,39 € |
| 652 € (decil bajo) | 69,20 € | 57,71 € | 11,49 € |
En bases bajas suele influir que no se cotiza el mes completo, así que conviene mirar el detalle del alta. ¿Te cuadra el nuevo reparto entre empresa y trabajador? Síguenos para estar al tanto de otras novedades sobre pensiones y jubilación. Visita las sección de prestaciones de nuestro periódico digital.

