Despiden a un trabajador al conocer el embarazo de su esposa y la Justicia interviene

El TSJM declara nulo el despido de un trabajador, tras enterarse que su pareja estaba embarazada.

Hoy abordamos un curioso caso judicial relacionado con el ámbito laboral. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado el recurso de suplicación de un trabajador y ha concluido que su despido estuvo vinculado al embarazo de su mujer. La empresa no compareció en el pleito y tampoco justificó las razones del cese.

El empleado despedido, trabajaba, desde mayo de 2023, como consultor comercial con contrato indefinido. Tras acudir a los tribunales, el TSJM ha revocado la calificación previa y ha declarado la nulidad, ordenando su readmisión y el abono de los salarios dejados de percibir. Recordemos otros casos recientes que también han abordado situaciones similares, como el de un despido durante baja médica declarado nulo por la justicia.

El trabajador decidió acudir a los tribunales e impugnar el despido

Los hechos se remontan al 18 de diciembre de 2023, cuando el trabajador recibió una carta de despido disciplinario con efectos ese mismo día. En el escrito, la empresa alegó una disminución continuada y voluntaria del rendimiento, una reducción de clientes contactados telefónicamente, la falta de suscripción de acuerdos comerciales, faltas de puntualidad y que el empleado se había quedado dormido durante el tiempo de trabajo.

Dado lo anterior, el trabajador decidió impugnar el despido y acudió a los tribunales. Lo hizo, además, después de que la empresa no acudiera al proceso de conciliación previa.

El Juzgado de lo Social número 28 de Madrid y la primera respuesta judicial

La demanda se presentó ante el Juzgado de lo Social nº28 de Madrid. El trabajador pidió la nulidad del despido o, de forma subsidiaria, su improcedencia, al vincular el cese con el hecho de que la empresa se habría enterado de que su esposa estaba embarazada.

En esa primera instancia, el juzgado declaró el despido improcedente y estimó la demanda solo en parte. Aunque se acreditó que la mujer estaba embarazada y que la empresa podía saberlo, el trabajador «no justificó indiciariamente que ésta fuera la causa real del despido».

El TSJM de Madrid revoca la improcedencia y declara el despido nulo

No conforme con ese resultado, el empleado elevó el caso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El asunto fue examinado por los magistrados María Aurora de la Cueva Aleu (presidenta), María Begoña García Álvarez y Alicia Catalá Pellón (ponente), en la sentencia 623/2025.

El TSJM terminó dando la razón al trabajador y declaró el despido nulo. Según recoge el fallo, y en relación con el conocimiento empresarial del embarazo, el tribunal lo resume así: «En nuestra opinión, sí lo es».

En este sentido, el TSJM también pone el foco en que la empresa no se presentó a juicio, lo que impidió esclarecer el tiempo «que pudo mediar entre el comienzo del estado de gestación, y el despido». A ello se suma que los motivos invocados en la carta no quedaron acreditados en el proceso judicial.

Readmisión, salarios dejados de percibir y el alcance de esta sentencia del TSJM

Con esta decisión, el TSJM ha estimado el recurso y ha revocado la calificación del despido, que pasa a considerarse nulo por vulnerar el derecho fundamental a la no discriminación.

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