La RAI o Renta Activa de Inserción es una ayuda económica para desempleados gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal.
La Renta Activa de Inserción es una ayuda del SEPE destinada a personas desempleadas que tienen especial dificultad a la hora de encontrar un empleo, como es el caso de los parados de larga duración. La RAI ya no admite nuevas solicitudes en 2026, únicamente se puede seguir cobrando o reanudando en casos muy concretos, fundamentalmente cuando el derecho ya estaba reconocido o suspendido antes de que entrara en vigor la reforma de los subsidios por desempleo que puso en marcha el Gobierno a finales de 2024.
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Por qué en 2026 ya no se admiten nuevas solicitudes de la RAI
La RAI desapareció a partir del 1 de noviembre de 2024. Ese día, entró en vigor la reforma de los subsidios por desempleo, aprobada en el Real Decreto-ley 2/2024. Por tanto, desde ese día, el SEPE ya no acepta nuevas altas en el programa. Recordemos que gracias a esta ayuda económica gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se han beneficiado diferentes colectivos: mujeres, personas discapacitadas y parados de larga duración que, una vez acabada la prestación contributiva, no cumplían los requisitos necesarios para acceder a otro tipo de subsidios como, por ejemplo, el destinado a mayores de 52 años.
¿Quién puede seguir cobrando o reanudar la RAI en 2026?
La normativa vigente dice que solo pueden seguir recibiéndo la Renta Activa de Inserción quienes, a 1 de noviembre de 2024, la hubiesen solicitado, la estuviesen cobrando o la tuviesen suspendida. En esos 3 casos, se mantiene con las reglas antiguas hasta agotar el derecho actual.
Asimismo, en 2026, también se permiten reanudaciones o reincorporaciones si la ayuda estaba concedida o suspendida antes de esa fecha. Por consiguiente, si la RAI se interrumpió por una causa justificada, como empezar a trabajar, puede procederse a la reanudación durante este año, sin problema.
Colectivos beneficiarios y requisitos básicos para mantener el derecho reconocido de la RAI
La RAI estaba dirigida a personas desempleadas con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo. Los colectivos beneficiarios eran:
- Parados de larga duración mayores de 45 años.
- Emigrantes retornados mayores de 45 años.
- Víctimas de violencia de género o doméstica.
- Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
Además de estar en desempleo y no tener derecho a prestación contributiva ni a subsidio por desempleo, se exigía: estar inscrito como demandante y mantener la inscripción. También, se pedían todos estos requisitos:
- Ser menor de 65 años.
- No superar el 75% del SMI en ingresos propios (sin pagas extra), con un límite en 2026, de 915,75 euros al mes; y, si existía unidad familiar, que la media de rentas por miembro no superase ese tope.
- No haber cobrado la RAI en los 365 días naturales anteriores, salvo para víctimas de violencia de género o doméstica y personas con discapacidad, y no haber agotado tres derechos anteriores.
Por último, era obligatorio firmar un compromiso de actividad, es decir, que los beneficiarios se comprometía a buscar trabajo activamente y participar en acciones de empleabilidad, acreditando acciones de Búsqueda activa de Empleo.
Cuantía, duración, límites de rentas y fechas de pago de la RAI en 2026
La RAI se concedía durante 11 meses como máximo, con efectos desde el día siguiente a la solicitud. Podía prorrogarse hasta tres veces, alcanzando 33 meses, dejando al menos un año entre periodos. La cuantía mensual es el 80% del IPREM del año en curso y, en 2026, asciende a 480 euros.
El pago se realiza mediante abono en cuenta, por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes siguiente al devengo. Desde el 1 de noviembre de 2024, para desempleados mayores de 45 años se indica como alternativa el Ingreso Mínimo Vital.
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