Despídete de pagar impuestos por la Lotería de Navidad: Hacienda explica qué premios están exentos en 2025

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Si te toca la Lotería de Navidad, conviene saberlo: no todos los premios llegan íntegros al bolsillo.

El sorteo de la Lotería de Navidad 2025 se celebrará el lunes 22 de diciembre en el Teatro Real de Madrid, a partir de las 09.00 horas. La regla básica es sencilla: los premios iguales o inferiores a 40.000 euros por décimo están exentos. A partir de esa cifra, se practica una retención del 20% sobre la parte que exceda los 40.000 euros, conforme a la Ley 16/2012.

Qué premios de la Lotería de Navidad 2025 no pagan impuestos a Hacienda

Si tu premio no supera los 40.000 euros, no tendrás que soportar retención y podrás cobrarlo entero. Por eso, los cuartos premios (20.000 euros por décimo), los quintos (6.000 euros) y las pedreas (100 euros) quedan fuera del recorte de Hacienda. Para verlo rápido, aquí tienes una tabla con los importes por décimo y si aplican impuestos o no.

Premio (por décimo)Importe bruto¿Tributa?Cobro tras retención**
El Gordo400.000 €328.000 €
Segundo premio125.000 €108.000 €
Tercer premio50.000 €48.000 €
Cuartos premios (dos)20.000 €No20.000 €
Quintos premios (ocho)6.000 €No6.000 €
Pedreas de cinco cifras (1.794)100 €No100 €

**La retención se aplica solo sobre lo que excede de 40.000 euros.

Cómo se aplica la retención del 20% a partir de 40.000 euros

El gravamen especial se apoya en la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, y afecta a los premios pagados de loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). En palabras de la Agencia Tributaria, «la referida norma establece que los perceptores de estos premios, cualquiera que sea su naturaleza, en el momento del cobro, soportarán una retención o ingreso a cuenta que debe practicarles el organismo pagador del premio, es decir, la SELAE».

¿Y cómo se calcula? No se tributa por todo el premio, solo por el exceso. Por ejemplo, con un premio de 100.000 euros se aplica el 20% sobre 60.000 euros: la retención sería de 12.000 euros, y el cobro quedaría en 88.000 euros cuando se canjea el décimo. Ojo, que aquí las cuentas importan.

Con esta fórmula, El Gordo (400.000 euros por décimo) se queda en 328.000 euros tras la retención. El segundo premio (125.000 euros) se traduce en 108.000 euros netos. Y el tercer premio (50.000 euros) termina en 48.000 euros, al aplicarse el 20% solo sobre lo que supera el mínimo exento.

Premios compartidos: así se reparte el mínimo exento entre beneficiarios en un décimo

Cuando el premio es compartido (peñas, familia, amigos), el mínimo exento se reparte entre todos. La Agencia Tributaria indica que “se deben distribuir los 40.000 € que están exentos entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación”. Para no perderte entre porcentajes, quédate con estas claves:

  • Primero mira el premio por décimo y compáralo con el límite de 40.000 euros.
  • Si se supera, el 20% se aplica únicamente sobre el exceso, no sobre el total.
  • La retención se practica en el momento del cobro por el organismo pagador del premio (SELAE).
  • Si hay varios beneficiarios, la parte exenta se reparte según la participación de cada uno.

En definitiva: si tu premio es pequeño, lo cobras íntegro; si es grande, Hacienda se queda con una parte. Y ahora sí… a ver si cae, ¿no? Síguenos para conocer más noticias sobre Hacienda en nuestra sección de trámites.

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