La reforma de los subsidios por desempleo, que entró en vigor recientemente, incorpora un gran cambio: el llamado Complemento de Apoyo al Empleo (CAE). Este, llevado a cabo por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), permite compatibilizar el paro y los subsidios con un trabajo por cuenta ajena, tanto a tiempo parcial o completo por un máximo de 180 días (seis meses). A continuación te proporcionamos más detalles sobre esta medida:
Quiénes pueden tener esta ayuda del SEPE
Según explicó el Ministerio de Trabajo, el objetivo principal de esta reforma es «proteger a los parados de larga duración».El CAE se trata de un plus de ayuda que puede suponer un gran alivio para aquellas personas que llevan desempleadas un largo periodo de tiempo. En este sentido, el SEPE establece los principales puntos a tener en cuenta para que el CAE se conceda:
- Si te aprueban un subsidio por desempleo por agotamiento de la prestación contributiva o de cotizaciones insuficientes. El hecho causante tiene que haber sucedido a partir del día 1 de noviembre de 2024.
- Si mantienes uno o varios contratos a tiempo parcial (siendo la jornada total trabajada inferior a una jornada completa), desde el primer día que tengas derecho al subsidio compatibilizarás este como un complemento de apoyo al empleo.
- Una vez reconocido el subsidio cuyo hecho causante tenga lugar a partir del 1 de noviembre de 2024, inicies un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial, se compaginará aquel como un complemento de apoyo al empleo, sin posibilidad de suspenderlo por esta causa.
¿Cuándo no se podrá compatibilizar?
Asimismo, esta nueva norma prevé los casos en los que no se podrán compaginar paro y subsidios con un trabajo por cuenta ajena. Recapitulamos cuáles son los que debes de tener en cuenta:
- Cuando el desempleado sea contratado por una empresa con un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
- Cuando el afectado haya trabajado en el último año anterior a la fecha de contratación en esa empresa.
- Cuando el parado sea cónyuge, padre, hijo o pariente por consanguinidad o afinidad (o en su caso por adopción) hasta un segundo grado del empresario o «de quien ostente cargos de dirección o sea miembro de los órganos de administración de una sociedad».
Consecuencias de no seguir la normativa
Si no comunicaras al SEPE el cese en el trabajo que estabas compatibilizando en el plazo establecido, en cuanto sea detectado te darán de baja en el subsidio desde la fecha en la que se produjo dicho cese. El no respetar estas condiciones, puede suponer una infracción muy grave. Por ello, se “podrá iniciar un procedimiento sancionador por no comunicar la existencia de una causa de suspensión del subsidio, generando cobros indebidos”.
Si esto se produce, la persona recibirá una sanción: la primera vez , con la pérdida de tres meses de prestaciones. En la segunda dejará de recibirlas seis meses y la tercera, implicará el cese de estas. Para obtener más información sobre noticias relacionadas con el mundo laboral y ayudas públicas, puedes acceder a la sección de prestaciones.