La aplicación del Real Decreto‑ley 32/2021 obliga a adaptar contratos temporales, formativos y fijos. Desde el 30 y 31 de marzo de 2022 cambian códigos, cláusulas y la forma de comunicarlos por Contrat@.
El 30 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto‑ley 32/2021. Su entrada en vigor modifica varias modalidades de contratación y empuja al SEPE a actualizar modelos y procedimientos de comunicación en Contrat@. ¿Qué cambia y a quién afecta? Aquí, lo esencial para que no te pille el toro.
Contratos temporales del SEPE: códigos suprimidos, nuevas cláusulas y fechas clave
Desde el 31 de marzo de 2022 se suprimen los códigos 401/501 (obra o servicio). El contrato de duración determinada por circunstancias de la producción entra en vigor el 30 de marzo de 2022 y mantiene los códigos 402/502, con nuevas cláusulas. Debe distinguirse entre incremento ocasional e imprevisible (máximo 6 meses, ampliable a 12 por convenio sectorial) y situaciones ocasionales previsibles (máximo 90 días). ¿Tu empresa encaja en alguna de estas situaciones? Si el contrato temporal no está vinculado a programas de fomento de empleo, deberá formalizarse como 402/502.
Programas de activación para el empleo: nuevos contratos 405 y 505 del SEPE
Se crea el contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, con códigos 405 (tiempo completo) y 505 (tiempo parcial), y duración máxima de 12 meses. En 2022, con carácter transitorio, estos contratos pueden exceder los 12 meses cuando los programas de políticas activas de empleo estén aprobados antes del 31 de diciembre de 2021. Abarcan programas financiados con fondos estatales o propios de las administraciones y permiten contratar también al personal necesario para su ejecución (orientación, formación, apoyo técnico, etc.). La formalización escrita y la comunicación por Contrat@ ya están disponibles.
A continuación, un resumen práctico de los códigos y modelos más relevantes. Revisa tu caso y, por si acaso, guarda esta tabla.
Modalidad / ámbito | Códigos | Entrada en vigor / disponibilidad | Comunicación en Contrat@ |
---|---|---|---|
Circunstancias de la producción | 402/502 | Desde 30/03/2022 | Operativa |
Mejora de la ocupabilidad e inserción | 405/505 | Disponible | Operativa |
Vinculado a fondos europeos / PRTR | 406/506 | Modelo elaborado | Hasta adaptación: código 990 |
Artistas, técnicos y personal auxiliar | 407/507 | Entra 31/03/2022 | Hasta adaptación: código 990 |
PDI universidades (Ayudante, PAD, Asociado, Visitante) | 409/509 | Modelo elaborado | Hasta adaptación: código 990 |
Investigador predoctoral | 404 | Vigente | Operativa |
Acceso al sistema español de ciencia y tecnología | 420/520 | Vigente | Operativa |
Indefinido fijo‑discontinuo | — | Contenido actualizado | Operativa |
Como ves, algunos modelos ya se comunican con normalidad y otros requerirán el uso temporal del código 990 hasta que Contrat@ se adapte.
Fondos europeos, universidades y artistas: nuevos códigos, comunicación y transitoriedad
Para proyectos del Plan de Recuperación y otros fondos de la UE se habilita un contrato temporal específico (406/506) por el tiempo imprescindible del proyecto. Mientras Contrat@ se ajusta, la comunicación se realiza con el código 990, que luego se equiparará.
En universidades, el personal docente e investigador dispone de nuevos modelos 409/509, eligiendo la figura correspondiente. El Profesor Contratado Doctor mantiene carácter indefinido (modelo indefinido). La investigación sigue con cláusulas específicas: predoctoral (404) y acceso (420/520).
En el ámbito de artistas, el Real Decreto‑ley 5/2022 (23 de marzo) amplía la relación laboral especial a personal técnico y auxiliar y crea un contrato de duración determinada propio (407/507), con entrada en vigor el 31 de marzo de 2022.
Contratos formativos y fijo discontinuo: fechas, anexos y cambios prácticos
Desde el 30 de marzo de 2022 se suprimen los antiguos contratos para la formación y el aprendizaje y en prácticas. Nacen dos modalidades: formación en alternancia y práctica profesional. No se exige autorización previa de la actividad formativa en alternancia y se desactiva la aplicación del SEPE para nuevas autorizaciones (se mantiene para expedientes iniciados antes del 30 de marzo). Los nuevos modelos están disponibles y, hasta que Contrat@ se adapte, se usarán los mismos códigos y formatos que tenían los contratos anteriores; cuando se actualice, las empresas dispondrán de 90 días para adecuar la comunicación.
Además, el contrato de alternancia debe incluir el acuerdo o convenio con el centro formativo y el plan formativo individual (contenido, calendario, actividades y tutoría). En práctica profesional, se anexa un documento con el contenido de la práctica y la tutoría. Por otro lado, el indefinido fijo‑discontinuo actualiza su regulación y permite su celebración por ETT, coincidiendo los periodos de inactividad con la espera entre contratos de puesta a disposición. Estos son los puntos más significativos de la tramitación y los requisitos que conviene no olvidar:
- Fechas: 30/03/2022 (formativos y 402/502) y 31/03/2022 (artistas, fin 401/501).
- Alternancia: sin autorización previa y con plan formativo y convenio anexo.
- Práctica profesional: plan formativo individual obligatorio hasta que exista modelo.
- Contrat@ formativos: mismos códigos y formatos antiguos; 90 días para adecuar tras la adaptación.
- Fondos UE, universidades y artistas: comunicación temporal con 990 hasta que operen sus códigos.
En resumen, identifica la modalidad, comprueba el código y verifica si tu comunicación va por canal ordinario o con el 990 de transición. Por lo tanto, una revisión rápida hoy puede evitar incidencias mañana. Síguenos para conocer más información sobre otros documentos, trámites y gestiones.