Los tres primeros años de este parón laboral computan como cotizados para la futura jubilación.
Optar por una excedencia por cuidado familiar no implica necesariamente interrumpir el historial de cotizaciones de cara al retiro laboral. Según la Ley General de la Seguridad Social, existe un mecanismo de amparo para quienes deciden pausar su actividad profesional con el fin de atender a un pariente dependiente. La normativa establece que los primeros tres años de esta interrupción se computarán como cotizados de forma efectiva, garantizando así la protección de los derechos de jubilación de la persona trabajadora.
Requisitos para que compute la excedencia por cuidado familiar
De acuerdo con el artículo 237.2 de la citada ley, este beneficio se reconoce al encargarse del cuidado de un pariente de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. No obstante, para que este periodo compute, deben cumplirse ciertos requisitos: el familiar debe ser incapaz de valerse por sí mismo debido a su edad, una patología, un accidente o una discapacidad, y no puede percibir ingresos por ninguna actividad laboral.
Las situaciones protegidas bajo esta consideración de cotización efectiva son las siguientes:
- El cálculo de la futura jubilación ordinaria.
- Las pensiones vinculadas a la incapacidad permanente.
- Las prestaciones por muerte y supervivencia.
- Los periodos asociados a los permisos por nacimiento y cuidado de menor.
Duración del permiso y reserva del puesto de trabajo
Es fundamental conocer la diferencia temporal entre el ámbito laboral y el de la Seguridad Social. Según el Estatuto de los Trabajadores, la excedencia por cuidado familiar tiene un límite general de dos años, salvo que el convenio colectivo aplicable amplíe este plazo; por tanto, si la persona trabajadora suspende su contrato durante un año, la Seguridad Social únicamente registrará ese año real de inactividad, y no el máximo de tres años que autoriza la ley.
A lo largo del primer año de esta suspensión, el empleado conserva el derecho de reserva de su puesto de trabajo. Esta garantía de retorno puede extenderse a los 15 o 18 meses en el caso de familias numerosas; además, la normativa vigente permite que el disfrute de este periodo de descanso se realice de manera fraccionada según las necesidades del hogar.
Trámites y cálculo de la base reguladora de la cotización
Para fijar la base de cotización durante la excedencia por cuidado familiar, la administración pública aplica una regla proporcional: se calcula la media de las bases de cotización correspondientes a los seis meses inmediatamente anteriores al inicio de la pausa laboral. Si el trabajador no acredita ese periodo mínimo, se tomarán como referencia las bases del intervalo inmediatamente anterior que conste en los registros del sistema.
En cuanto a la tramitación administrativa, la responsabilidad principal recae sobre la empresa. Las compañías tienen la obligación de notificar a la Tesorería General de la Seguridad Social tanto el comienzo como la conclusión de esta situación en un plazo de 15 días a partir del momento en que se produzca la variación laboral.
Impacto social y datos de estas excedencias en Andalucía
Según las estadísticas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el uso de esta medida de conciliación muestra una clara brecha de género. En la primera mitad de 2026, se registraron 24.983 excedencias para atender a hijos, menores acogidos o familiares en el conjunto del país: de este volumen, 20.415 solicitudes fueron presentadas por mujeres, lo que equivale al 81,7 por ciento, frente a las 4.568 tramitadas por varones.
A nivel regional, Andalucía figura entre las comunidades autónomas con mayor volumen de solicitudes. La región andaluza sumó 3.096 excedencias registradas durante el primer semestre del año, lo que evidencia la relevancia de las tareas de cuidado en las familias de las ocho provincias; de este modo, este respaldo público resulta clave para que el cuidado de personas dependientes no perjudique el futuro retiro laboral de los trabajadores andaluces.