Ya estamos a las puertas del cierre del plazo de presentación de la declaración de la renta que termina el 30 de junio. En este sentido, todos los contribuyentes deben de tener el trámite hecho antes de la fecha límite ya que si no puede acarrear una serie de multas económicas de la Hacienda. Además, no importa si sales a pagar o a devolver para que la Agencia Tributaria pueda imponer una sanción por hacerla fuera de tiempo. Cabe destacar que aquellas declaraciones que salgan a pagar por domiciliación bancaria, la fecha termina mañana día 27 de junio.
Quién está obligada a presentar la declaración de la Renta y sanciones
Hacienda avisa sobre las multas por presentar voluntariamente la declaración de la Renta fuera de plazo pero que aún son peores, si es la Agencia Tributaria la que detecta que no se ha presentado la declaración. Sin embargo, es importante saber que aunque el plazo expire es posible hacer la declaración de la Renta.
Recordar que todos los contribuyentes que superen los 22.000 euros anuales, están obligados a presentar la declaración de la Renta. Ahora bien, en caso de más de un pagador la cantidad bajará a los 14.000€ al año y sin que el segundo empleador pase de los 1.500 euros al mes. No obstante, no todos los contribuyentes tienen que realizar la declaración de la Renta 2022/23.
Presentar la declaración de la Renta fuera de plazo: Multas que pueden interponer
El no presentar la declaración de la Renta a tiempo supone una serie de sanciones que pueden dividirse en dos categorías. La primera en función del resultado de la declaración y otra si el problema de presentarla fuera de plazo se hace voluntaria o no, esta última detectada por la propia investigación de la Agencia Tributaria. En este sentido, podemos decir que lo menos grave sería cuando la declaración sale a devolver y se presenta voluntariamente. Por el lado contrario, lo más grave es tener que pagar a Hacienda cuando la misma ha sido notificada.
La cantidad respecto a la multa puede ser de 100 euros cuando se presenta una declaración a devolver fuera de tiempo pero antes de que lo requiera Hacienda y 200 euros si la detecta la Agencia Tributaria. En caso de que salga a ingresar y no se haya notificado, se abonará un 1% de recargo por cada mes de retraso. Pasado un año, el recargo pasa al 15% y con los intereses correspondientes si supera el año de retraso.
El caso más grave es que no se presente una declaración de la renta a pagar que haya sido fruto de la investigación de Hacienda. En este caso, se puede aplicar un 50% de sanción, aumentando al 100% si se considera ocultación voluntaria y hasta el 150% si existen medios fraudulentos.
Cómo hacer la declaración de la Renta fuera de plazo
Si te pasas de la fecha límite del 30 de junio para hacer la declaración de la Renta, tanto si sales a pagar como a devolver, la forma de hacerlo es casi igual para presentarla que antes del plazo. Para ello, accede a la sede electrónica de la Renta WEB y pulsa en “Impuestos” y luego en “IRPF”.
Las personas deberán realizar el pago con cargo en cuenta o con tarjeta de crédito/débito desde la opción de “Documento para ingresar en Banco/Caja” y luego realizar el ingreso en la entidad o pedir un aplazamiento.
Para finalizar, recuerda que puedes seguir consultando más noticias donde te damos facilitamos como realizar otras gestiones, para ello dirígete al apartado de trámites de Andalucía.