La mayor parte de ciudadanos no tiene más remedio que firmar una hipoteca con una entidad de crédito, para poder adquirir una vivienda en propiedad. Consiste en la contratación de un préstamo de dinero con el compromiso de devolverlo, generalmente a largo plazo, mediante el pago de cuotas mensuales con los intereses correspondientes.
Pasos que debes seguir si vas a firmar una hipoteca con una entidad bancaria
El Banco de España lanza una serie de recomendaciones a los ciudadanos/as antes de contratar una hipoteca. Este organismo, que representa la máxima autoridad nacional en materia de supervisión bancaria en nuestro país, aconseja seguir estos pasos antes de firmar este tipo de préstamos:
- Mirar las distintas ofertas existentes, con el fin de comprobar el índice TAE, es decir, la Tasa Anual Equivalente, que representa lo que cobran los bancos por prestar el dinero.
- El banco está obligado a facilitar de forma gratuita:
- la Ficha de Información Precontractual, para informar de forma genérica sobre los tipos de préstamos que ofrece, en general
- Una Ficha de Información Personalizada, con toda la información relacionada con el préstamo en particular, personalizado para el cliente.
- Solicitar la Oferta Vinculante después de haberse realizado la tasación.
Puntos a tener en cuenta a la hora de firmar un préstamo hipotecario con un banco
El Banco de España ha editado una guía en la que da una serie de pautas a tener muy en cuenta, antes de firmar un préstamo hipotecario a largo plazo con una entidad bancaria. Destacamos algunas de ellas:
- Antes de endeudarse, hay que tener muy en cuenta, tanto los ingresos de los que se disponen, como de la capacidad de pago, presente y futura.
- Valorar el riesgo que supone asumir a lo largo del tiempo un interés variable.
- Tener en cuenta que el cuadro de amortización es orientativo y que cambiará con las revisiones del tipo de interés.
- Considerar los períodos de carencia, en los que no se paga cuota o es de menor importe por no amortizar capital, pero que, sin embargo, se van a generar intereses que posteriormente habrá que abonar.
- Observar el banco nos obliga a contratar tarjetas, seguros u otros productos adicionales.
- Comprobar si existen cláusulas “suelo” o “techo”, que limiten el tipo de interés.
- Ver qué intereses de demora hay por cuotas impagadas.
- Tener en cuenta que, en caso de no poder hacer frente a la hipoteca y estar dentro del “umbral de exclusión”, se puede recurrir a la “dación en pago” para cancelar la deuda.
- Contar con la capacidad de hacer una “novación” o hacer cambios en las condiciones de la hipoteca o una “subrogación”, es decir, efectuar un cambio de acreedor.
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