Antes de hablar de las diferencias entre la prestación contributiva y del subsidio por desempleo, vamos a hablar de sus semejanzas. En ese aspecto, nos referimos en ambos casos, a pagas mensuales que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para proteger a las personas que se quedan sin trabajo. Sin embargo, su gran diferencia está en las cuantías, duración y el periodo cotizado necesario para poder optar a una u otra de estas ayudas destinadas a desempleados.
Qué es la prestación contributiva o paro: Requisitos y cuantías
Una de las diferencias entre la prestación contributiva y del subsidio por desempleo, la más importante, es el tiempo que ha cotizado el trabajador antes de quedarse sin empleo. En ese aspecto, tal y como indica el SEPE en su página web, si lo has hecho por más de un año, te corresponde cobrar la prestación contributiva. Es decir, puedes “cobrar el paro”, como se conoce coloquialmente a esta paga, si cumples con estos requisitos:
- Trabajadores por cuenta ajena:
- Incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, que coticen por la contingencia de desempleo.
- Incluidas en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social (Minería del Carbón, Régimen Especial de los Trabajadores del Mar) que protegen esta contingencia de desempleo
- Pertenecientes al Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.
- Del Sistema Especial para Empleados de Hogar.
- Los socios y socias de cooperativas de trabajo.
- Presos liberados de prisión.
- Emigrantes retornados.
- Extranjeros en España inscritos como demandantes de empleo.
- Funcionarios temporales en régimen de derecho administrativo al servicio de las Administraciones Públicas.
- Militares.
- Miembros de corporaciones locales y de Juntas Generales de los Territorios Históricos Forales, Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares de Baleares.
- Cargos representativos de los sindicatos.
- Altos cargos de las Administraciones Públicas.
Por otra parte, con la prestación contributiva por desempleo cotizas a la Seguridad Social por jubilación, además de por incapacidad temporal, invalidez o asistencia sanitaria, entre otras. Además, con respecto a las cuantías, estas dependerán de las bases de cotización y de si tienes o no hijos a cargo. En ese sentido, puedes calcular el importe en este simulador de la sede electrónica del SEPE.
Qué es el subsidio por desempleo: Requisitos y cuantías
Tal y como hemos visto, la diferencia entre la prestación contributiva y el subsidio por desempleo se basa en si has cotizado más o menos de 1 año. En este aspecto, si has cotizado menos no tienes derecho a «cobrar el paro». Sin embargo, podrás beneficiarte de un subsidio de 480€ al mes, si cumples con estos requisitos, aunque no cotizarás para la jubilación con dicha paga:
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Si se tienen responsabilidades familiares, necesitas haber cotizado al menos 3 meses (6 meses si no las tienes).
- No percibir otras rentas superiores al 75% del SMI.
- No tener la edad legal de jubilación.
En cuanto a la duración, el subsidio durará 3, 4 o 5 meses si se ha cotizado 3,4 o 5 meses. En cambio, si has cotizado 6 meses, durará 21 meses. Además, recuerda que existen otro tipo de subsidios diferentes a “cobrar el paro”, como son: la Renta Activa de Inserción (RAI) para mayores de 45, así como el subsidio para mayores de 52 años. Este último, si cotiza para la jubilación.