La Seguridad Social ofrece una prestación de apoyo a la maternidad. Se trata de una ayuda económica, destinada a personas trabajadoras, con el objeto de cubrir los períodos de descanso que se produzcan como consecuencia del nacimiento de un hijo o hija. También, en caso de adopción o acogimiento familiar, siempre y cuando sean niños o niñas menores de 6 años.
Requisitos necesarios para pedir la prestación de apoyo a la maternidad de la Seguridad Social
Pueden beneficiarse de esta prestación de apoyo a la maternidad, también conocida como ayuda por nacimiento y cuidado de menor, las personas trabajadoras, tanto por cuenta ajena como propia, independientemente de su sexo. Estos son los requisitos necesarios para poder ser beneficiario/a:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social.
- Tener al corriente el pago de cuotas.
- Cubrir un periodo mínimo de cotización, según la edad:
- Menores de 21 años: No se exigirá periodo mínimo de cotización.
- Entre 21 y 26: Deben tener al menos 90 días cotizados en los 7 años anteriores, o 180 días a lo largo de toda su vida laboral.
- Mayores de 26: Tener 180 días en los 7 años anteriores o 360 días cotizados a lo largo de su trayectoria profesional.
Novedades de esta ayuda para 2024 y cuantías establecidas
Actualmente, la duración de esta ayuda es de 16 semanas. Sin embargo, la nueva Ley de Familias trata de favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar, por lo que el Gobierno ha previsto aumentar el permiso retribuido a 20 semanas. Aunque aún está pendiente de aprobación por el Consejo de Ministros.
Por otra parte, en referencia a la cuantía, según indica la web de la Seguridad Social, el subsidio se corresponde con el 100% de la base reguladora, “que será la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al del hecho causante dividida entre el número de días a que dicha cotización se refiera”.
¿Qué hay que hacer para solicitar esta prestación de la Seguridad Social?
La prestación por maternidad o por nacimiento y cuidado de menor se solicita en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Aunque los trabajadores/as incluidos/as en el Régimen Especial del Mar, lo deberán pedir en el Instituto Social de la Marina (ISM). Para poder acceder al trámite, hay que entrar a través de la sede electrónica e identificarse mediante sistema Cl@ve PIN o Permanente, Vía SMS o mediante DNIe o certificado electrónico.
En nuestra plataforma web de noticias de la comunidad autónoma de Andalucía, ofrecemos, durante los 365 días del año, toda la información que necesitas con respecto a todo tipo de prestaciones, ayudas y subsidios, relacionados con diversas administraciones públicas.