El IMV se abre al empleo y permite ganar hasta 6.000 euros sin perder ni un euro de la prestación

El Real Decreto 240/2026 cambia la compatibilidad entre empleo e Ingreso Mínimo Vital. La reforma afecta a cerca de 830.000 hogares y permite aumentar ingresos sin que la prestación se reduzca de forma inmediata.

Aceptar un trabajo mientras se cobra el IMV ya no tendrá el mismo efecto que hasta ahora. Desde el 27 de marzo, la nueva norma introduce un sistema de rentas exentas que suaviza el impacto de los salarios sobre la ayuda. La Ley 19/2021 ya contemplaba esa compatibilidad, pero el desarrollo reglamentario anterior había dejado muchas dudas entre los beneficiarios, como también ocurre con otras obligaciones fiscales a la hora de declarar el IMV en la renta en 2026.

Qué cambia con el nuevo sistema del IMV para trabajar sin perder la prestación

La clave de la reforma está en que una parte de los ingresos laborales deja de computar al revisar la cuantía del Ingreso Mínimo Vital. El cálculo se hace comparando lo ganado en un ejercicio fiscal con lo percibido el año anterior. ¿Qué supone esto en la práctica? Que el salto al empleo ya no penaliza de golpe.

Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social especializado en pensiones y prestaciones, lo resume así: “En el caso de que ese incremento de renta sea inferior o igual a 6.000 euros, se excluirá del cómputo de rentas el 100% de ese incremento”. En resumen, las claves del nuevo modelo son estas:

  • Los primeros 6.000 euros de incremento anual quedan exentos al 100%.
  • Si la subida supera esa cifra, del exceso se excluye el 50%.
  • En unidades de convivencia con complemento por discapacidad o monoparentalidad, ese porcentaje sube al 55%.

Después de estos cambios, el IMV mantiene su compatibilidad con el empleo de una forma mucho más clara. Además, la norma deja fuera del cómputo el subsidio no contributivo por desempleo si ya estaba extinguido cuando se solicitó la prestación.

Los ejemplos del nuevo cálculo del IMV aclaran quién gana y cuánto

Para entenderlo mejor, conviene ir a los números, porque aquí está la gran diferencia respecto al sistema anterior:

Ingresos anteriores y actualesIncremento anualParte que no computa
De 6.500 a 10.000 euros3.500 euros3.500 euros
De 8.000 a 16.000 euros8.000 euros7.000 euros

En el primer caso, como el aumento no llega a 6.000 euros, queda exento por completo. En el segundo, los primeros 6.000 euros no cuentan y del resto solo se excluye la mitad. Así, solo una parte reducida del incremento afecta al cálculo final de la ayuda.

El nuevo esquema regulado por el Real Decreto 240/2026 favorece el acceso inicial al mercado laboral y da más seguridad a quienes dudaban entre aceptar una oferta o conservar la prestación.

El IMV también se vincula ahora a los servicios públicos de empleo

La reforma no se queda en el cálculo de rentas. Los beneficiarios del IMV pasarán a estar incluidos en programas de los servicios públicos de empleo estatales y autonómicos, y el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno incorporará medidas específicas para este colectivo.

Por lo tanto, el cambio busca algo más que mantener una ayuda: pretende facilitar la inclusión laboral. El Ministerio, además, revisará la eficacia del nuevo incentivo cuando exista un primer ejercicio completo de aplicación. En otras palabras, trabajar ya no supone perder automáticamente el IMV, sino que puede convertirse en una vía real para complementarlo y avanzar con más estabilidad.

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