¿Aún no te la han concedido y quieres reclamar la ayuda de 200€? En primer lugar, recuerda que el próximo 30 de junio, acaba el plazo para que responda Hacienda. Por lo tanto, si solicitaste este pago único para combatir la inflación a la Agencia Tributaria, aún estás a tiempo de que te lo concedan. En cualquier caso, en el presente artículo te vamos a contar cómo puedes conocer el estado de la solicitud. Además, la forma adecuada de reclamar a la administración tributaria, si se produce la desestimación de la concesión del cheque de 200 euros y consideras que tienes derecho a cobrarlo.
Cómo puedo conocer el estado de la solicitud del cheque 200 euros
Antes de reclamar el pago de la ayuda de 200€ te recomendamos que entres primero en la página web de Hacienda. Todo ello, con el fin de conocer de primera mano, cuál es el estado de la solicitud. Por lo tanto, para hacerlo debes entrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, recuerda que es necesario que te identifiques usando alguno de estos sistemas: certificado electrónico, Cl@ve PIN o DNIe.
Por otra parte, una vez que te identifiques en la plataforma de Hacienda, aparecerá un formulario: “el modelo GAS-Gestión de Ayudas Sectoriales Directas” y el ejercicio “2023”. Después pulsa “buscar” para ver tu solicitud. En ella aparecen varias columnas, en la que aparecen datos como el número de expediente. También, si hay algún tipo de “observaciones” respecto al cheque de 200 euros. En cualquier caso, recuerda que si en 3 meses desde que finalizó el plazo de solicitud (30 de marzo), la administración no te responde, tu petición se entenderá por desestimada.
Sigue estos pasos para reclamar la ayuda de 200€ empleando el “Recurso de Reposición”
Por consiguiente, si llega el 30 de junio (3 meses desde que finalizó el periodo de solicitud) y no recibes ninguna notificación o si directamente te la rechazan y consideras que tienes derecho a recibirla, puedes reclamar la ayuda de 200 euros, interponiendo un Recurso de Reposición. Según indica la página web de la Agencia tributaria, este procedimiento lo puedes hacer “en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa”.
Por último, recuerda que en nuestro portal de noticias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, puedes ver información sobre otros trámites. También, acerca de otras ayudas y prestaciones relacionadas con diversas administraciones públicas: locales, regionales y estatales.