El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece dos tipos de ayudas para aquellos españoles que han estado en el extranjero trabajando y vuelven a España. Se trata del subsidio por desempleo y la Renta de Inserción (RAI) para mayores de 45 años. Cada una de estas ayudas tendrán unas condiciones, duración y requisitos diferentes, que los beneficiarios tendrán que tener en cuenta a la hora de presentar la solicitud. En esta noticia te informaremos de todos lo pasos que debes de realizar para pedir hoy mismo alguna de estas ayudas para emigrantes retornados de una manera fácil y eficaz.
Subsidio por desempleo para emigrantes retornados
Esta ayuda económica va dirigida a las personas españolas que han emigrado por trabajo y han retornado al territorio nacional, siempre y cuando no tengan derecho a la prestación contributiva (paro). La cuantía será de 463 euros mensuales y se percibe durante 6 meses, con dos posibilidades de renovación hasta un máximo de 18 meses. El importe es el correspondiente al IPREM fijado para cada año (80% para 2022). El pago se realizará mediante transferencia bancaria entre los días 10 y 15 de cada mes. En cuanto a los requisitos estos serán los siguientes:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Ser trabajador/a española emigrante retornada de países no pertenecientes a la Unión Europea , Espacio Económico Europeo o Suiza.
- Cumplir con el famoso “mes de espera”, es decir, estar inscrito/a como demandante de empleo durante el mes anterior a la solicitud.
- Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- No tener rentas de cualquier naturaleza, que supere el SMI para cada año, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (723,75 € mensuales.)
- Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.
Renta Activa de Inserción (RAI) para emigrantes retornados mayores de 45 años
La Renta Activa de Inserción (RAI) para mayores de 45 años, es otra de las ayudas para emigrantes retornados que ofrece el SEPE. La cuantía será la misma que la anterior, 463 euros mensuales, con duración de 11 meses, y se podrá renovar hasta tres veces por anualidades. Los requisitos de esta ayuda varían respecto al anterior subsidio:
- Tener entre 45 y 65 años.
- No tener rentas que superen los 723,75 euros mensuales.
- Suscribir el compromiso de actividad.
- No tener derecho a paro.
- La suma de los ingresos mensuales de toda la unidad familiar dividida entre todos los miembros no supere el 75% del SMI.
También se podrá solicitar la ayuda para mayores de 52 años, para aquellos emigrantes que vuelven a España y tienen cumplida esta edad. Este subsidio es el único con el que se cotiza. Se podrá cobrar hasta la edad de jubilación, siempre y cuando tengan al menos 15 años cotizados para la jubilación, con dos dentro de los últimos 15, y dentro de estos 15 años mínimos, que haya al menos 6 con cotizaciones por desempleo.
Estos son los pasos para pedir estas ayudas económicas
El proceso a seguir para pedir cualquiera de las ayudas para emigrantes retornados es el mismo. Las solicitudes, junto con la documentación correspondiente deberán de dirigirse al SEPE. Para ello, este organismo ha habilitado diferentes vías adaptadas a las circunstancias de cada beneficiario/a:
- Por internet accediendo a la Sede Electrónica, y rellenando el modelo de solicitud oficial. Para ello, se deberá de disponer con certificado electrónico, DNI digital o Cl@ve.
- Sin identificación electrónica, descargando el modelo pre-solicitud y enviándolo de manera telemática.
- Pidiendo cita previa a través del teléfono 919 26 79 70 o por internet.
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