La Junta de Andalucía ha regulado los permisos retribuidos para quienes tengan que trabajar durante la jornada electoral.
Más de seis millones de andaluces están llamados a las urnas el próximo 17 de mayo para elegir a sus nuevos representantes en el Parlamento autonómico. La medida afecta a trabajadores por cuenta ajena, empleados públicos y personas designadas para formar parte de mesas electorales. La clave está en cuántas horas coincida la jornada laboral con la apertura de los colegios electorales.
Además, los ciudadanos pueden consultar qué colegio electoral les corresponde para votar. Un trámite sencillo, que se pude realizar de forma telemática a través del móvil.
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Cuántas horas libres pueden pedir los trabajadores para votar en Andalucía
La Junta de Andalucía ha publicado el Decreto 81/2026, de 20 de abril, que concreta los permisos laborales para facilitar la participación en las elecciones autonómicas del 17 de mayo. ¿La jornada de trabajo coincide con el horario de votación? Entonces puede haber derecho a ausentarse del puesto sin perder salario.
El permiso dependerá del tiempo de coincidencia entre el horario laboral y la apertura de los colegios electorales. No todos los casos son iguales, así que conviene mirar bien el tramo correspondiente:
| Coincidencia con el horario electoral | Permiso retribuido |
|---|---|
| Más de 6 horas | 4 horas |
| Entre 4 y 6 horas | 3 horas |
| Entre 2 y 4 horas | 2 horas |
| Menos de 2 horas | Sin permiso |
Por lo tanto, quienes trabajen casi toda la jornada electoral podrán disponer de hasta cuatro horas retribuidas para acudir a votar. En cambio, si la coincidencia es inferior a dos horas, no se reconoce este derecho.
Permisos para votar por correo y para formar parte de una mesa electoral
El decreto también contempla a quienes tengan dificultades para votar presencialmente el 17 de mayo. En ese caso, si optan por el voto por correo, podrán solicitar permisos retribuidos en los mismos términos para realizar los trámites necesarios.
Además, las personas designadas como presidente, vocal o interventor de una mesa electoral tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa, siempre que ese día sea laborable para ellas. Es decir, no tendrán que acudir a su puesto de trabajo durante la jornada de votación si acreditan su función electoral.
A esto se suma otra medida importante: quienes formen parte de una mesa electoral podrán disfrutar de una reducción de cinco horas en su jornada laboral del día siguiente, 18 de mayo. Un alivio nada menor, teniendo en cuenta que el recuento y el cierre de la mesa pueden alargarse.
Qué debe tener en cuenta la empresa durante la jornada electoral andaluza
Las empresas deberán aplicar estos permisos según la situación concreta de cada trabajador. También deberán facilitar el descanso de quienes tengan que trabajar la noche anterior y, al día siguiente, actuar como miembros de una mesa electoral.
En estos casos, la persona responsable del centro de trabajo estará obligada a cambiar el turno para que el trabajador pueda descansar antes de cumplir con su obligación electoral. Primero se vota, pero también se garantiza que quienes colaboran en el proceso puedan hacerlo en condiciones adecuadas.
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