La Agencia Tributaria está avisando, mediante carta postal y mensajes SMS, a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital, sobre la obligatoriedad de presentar la declaración de la Renta. De esta forma, si los beneficiarios del IMV no realizan este trámite fiscal, es decir, no presentan el IRPF antes de que finalice la presente campaña, el 1 de julio, perderán el derecho a seguir cobrando la prestación de la Seguridad Social.
Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la declaración de la Renta 2023
La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2023 se encuentra en pleno desarrollo. No olvidemos al respecto que, ya se puede tramitar por vía web y a través de la atención telefónica. Además, a partir del 3 de junio, se podrá acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para realizar la gestión de manera presencial.
En dicho contexto, la Seguridad Social está lanzando un aviso a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital de la obligatoriedad de presentar la Renta. Además, hay que tener presente que la obligación de presentarla es para todos los miembros de la unidad familiar, sea cual sea la edad de los integrantes.
Incluso los menores de edad tienen que presentar la Renta 2023
Esto quiere decir, que incluso los menores de edad tienen que presentar la declaración de forma individual o de forma conjunta con sus progenitores. Por lo tanto, no vale con que los padres los incluyan como descendientes en su IRPF. En consecuencia, para realizar la gestión, es necesario que los menores soliciten el sistema Cl@ve.
De esta forma podrán identificarse forma correcta ante la AEAT, para efectuar este trámite necesario y obligatorio para mantener la ayuda del Ingreso Mínimo Vital. Tal y como indica la normativa vigente regulada en el Real Decreto-ley 20/2020 publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, si no se realiza a tiempo este trámite, se suspenderá la prestación hasta que la Seguridad Social y la Agencia Tributaria compartan los datos del usuario. De esta forma, comprobarán si cumple o no los requisitos, para seguir siendo beneficiario del IMV.
Presentar la Renta no quiere decir que haya que pagar a Hacienda por haber cobrado el IMV
Sin embargo, la Agencia Tributaria recuerda a todas aquellas personas que hayan sido beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital durante el año 2023 (el que ahora toca declarar al fisco) que presentar la declaración de la Renta no quiere decir que haya que tributar por ella. Esto quiere decir, que aunque la ley estipule la obligación presentarla, la mayor parte de los perceptores de esta ayuda de la Seguridad Social no tendrán que pagar nada a Hacienda por haberla cobrado, ya que no superan el límite exento, es decir, 22.000 euros brutos anuales.
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