Hacienda está sujeta a unos plazos establecidos por la normativa vigente, en lo que respecta a la devolución del dinero a aquellos contribuyentes a los que la declaración de la Renta les ha dado un resultado negativo. La fecha del abono dependerá del momento en el que se ha realizado el trámite. Aunque también, está sujeta a estos 2 factores fundamentales: la cantidad de dinero a devolver y de la complejidad a la hora de comprobar los datos incluidos en el IRPF.
Hacienda tiene un máximo de 6 meses para abonar la devolución de la Renta
La nueva campaña de la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, se inició el pasado 3 de abril. Muchos contribuyentes ya han tramitado la declaración de forma telemática, utilizando el programa online Renta WEB. Aunque, a partir del 29 de abril, ya se puede pedir cita previa para ser atendido por vía telefónica. Asimismo, a comienzos del mes de junio, se habilitará la atención presencial en las oficinas de la administración tributaria.
Una vez que el ciudadano presenta la declaración del IRPF, la Agencia Tributaria pone en marcha la comprobación de los datos aportados por el contribuyente. Si todo va bien, en principio la AEAT no suele tardar más de 30 días para abonar el dinero de la devolución. Aunque, según la normativa, Hacienda tiene de plazo para pagar a los contribuyentes, hasta 6 meses desde que finaliza la campaña fiscal.
¿Cómo comprobar el estado de la declaración de la Renta ya presentada?
La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes, un servicio de información online para que conozcan, de forma inmediata y sin desplazamientos innecesarios, el estado de la tramitación de la devolución de la Renta 2023. Para ello, tan solo hay que entrar en la plataforma web de la AEAT y seguir estos sencillos pasos:
- Entra en “Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)”.
- Identifícate por cualquiera de estas formas:
- Certificado digital o DNI electrónico.
- Sistema Cl@ve.
- Número de referencia de 6 caracteres de la declaración presentada.
- Pulsa en “Estado de Tramitación”. El estado de tu declaración puede ser alguno de estos supuestos:
- “Su declaración se está tramitando”.
- “Su declaración está siendo comprobada”.
- “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted”.
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